Fallo Fayt
Fayt, Carlos Santiago c/ Estado Nacional
s/ proceso de conocimiento.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Buenos Aires, 19 de agosto de 1999.
Vistos los autos: @Fayt, Carlos Santiago c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento@.
Considerando:
1°) Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo Federal -Sala III- revocó la sentencia dictada enla instancia anterior en cuanto había declarado la invalidez de la reforma constitucional y la confirmó en cuanto a la procedencia de la acción declarativa. En
los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación afirmó que el art. 99, inciso 4°, párrafo
tercero, de la Constitución Nacional reformada, no altera la
garantía de inamovilidad de que goza el actor, juez de laCorte Suprema de Justicia de la Nación, en razón de su designación bajo el régimen constitucional anterior a la reforma de
1994. Contra ese pronunciamiento, la parte demandada interpuso
el recurso extraordinario federal, que fue concedido a fs.
221/221 vta.
2°) Que los argumentos por los cuales el Estado
Nacional pretende la apertura del recurso extraordinario son
los siguientes: a) eserrónea la línea divisoria entre magistrados federales designados bajo el régimen previsto por la
Constitución, en su texto anterior a la reforma de 1994, y los
magistrados
nombrados
por
el
nuevo
régimen;
no
existen
derechos adquiridos frente a la modificación de la norma que
otorgaba el ejercicio vitalicio del cargo; b) el nuevo texto
constitucional no modificó la garantíade la inamovilidad de
los jueces, pues el art. 99, inciso 4°, de la Ley Fundamental
contiene, tal como fue la intención de los señores convencionales, una exigencia de carácter objetivo e impersonal; c) la
reforma constitucional en el punto que se halla en discusión,
-//-//-es válida y responde a los términos de la norma que la
convocó y que le atribuyó competencia; ello es así, pues tantoel art. 2 de la ley 24.309, como el "Núcleo de Coincidencias
-1-
Básicas", contemplaron como materia de revisión lo relativo a
la "designación de los jueces federales"; d) la sentencia está
viciada
por
incongruencia,
por
no
aplicar
una
norma
constitucional sin pronunciarse sobre su validez; e) también
incurre
en
arbitrariedad,
por
no
rebatir
losfundados
argumentos de su parte, contrarios a la admisibilidad de la
acción declarativa en el sub lite.
3°) Que en lo concerniente a la procedencia formal de
la demanda en los términos del art. 322 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, los agravios de la demandada
son inadmisibles por los fundamentos expuestos por el señor
Procurador General de la Nación en el dictamen queantecede, a
cuyos
argumentos
corresponde
remitirse
por
razones
de
brevedad.
4°) Que el Tribunal comparte, asimismo, la opinión
vertida por el señor Procurador General en el capítulo VII de
su dictamen, en cuanto al fundamento y alcance de la admisibilidad formal del recurso federal, pues se halla en tela de
juicio la validez e interpretación de cláusulas de la ConstituciónNacional y de otras normas federales relativas al cumplimiento del procedimiento previsto en el art. 30 de la Ley
Fundamental, y la decisión definitiva del superior tribunal de
la causa es contraria al derecho que en ellas fundó el
apelante.
Cabe recordar que en la tarea de establecer la inteligencia de las normas federales a las que se refiere el
art. 14 de la ley 48, la Corte no seencuentra limitada por
las posiciones del tribunal inferior y del recurrente, sino
-//-//- que le incumbe realizar una declaratoria sobre el punto
disputado, según la interpretación que rectamente le otorga
(doctrina de Fallos: 308:647; 317:1773; 320:2647, entre
muchos otros).
5°) Que la conclusión precedente importa afirmar el
carácter justiciable de la cuestión sub examine, pues son
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