fernando catacora
- Brindar información útil para la toma de decisiones y el control.
- Ser útil como medio de control: este objetivo se relaciona principalmente con lacomparación de los resultados obtenidos con los planificados, y la prevención y evidencia de errores, fraudes u omisiones.
- Dar protección legal: ya que le Código de Comercio otorga valor probatorio a lasanotaciones que se realizan en los libros siempre que se encuadren en la normativa vigente.
Código de Comercio de Venezuela (1989)
Artículo 32. - Todo comerciante debe llevar en idioma castellano sucontabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el Libro Diario, el Libro Mayor y el de Inventarios.
Artículo 33. - El Libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayansido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de la mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a finde poner en primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de laoficina.
Artículo 34. - En el Libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién es el deudor, enla negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar todaslas operaciones, día por día.
Artículo 35. - Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de inventarios una descripción estimatoria de todos susbienes, tanto...
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