Forma De Los Negocios Jurc3addicos
M.Sc. Viviana Vega
FORMA DE LOS
NEGOCIOS JURÍDICOS
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M.Sc. Viviana Vega
FORMA DE LOS ACTOS
JURÍDICOS (Formalismo)
Conjunto de solemnidades??? (formalidades, requisitos) a
observarse al momento de la celebración de los actos jurídicos
(Salvat)
Teoría clásica civilista.
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M.Sc. Viviana Vega
ACTOS FORMALES
(O ACTOS PROVISTOS DE FORMALIDADES)
Son aquellos cuando la ley establece una forma???
determinada para su celebración.
Es necesario que se otorgue en la forma que indica la ley.
Actos solemnes (ad solemnitatem)
Actos no solemnes (ad probationem)
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ACTOS FORMALES
(O ACTOS PROVISTOS DE FORMALIDADES)
Actos solemnes (ad solemnitatem)
La observancia de la forma se hará bajo pena de nulidad, la
validez o existencia del acto depende de la observancia de la
forma.p.e. art. 16 y 224 c.c.g
Art. 1687 c.c.
Actos no solemnes (ad probationem)
La forma (formalidad) no se exige como condición de validez,
sino como medio de prueba; ya sea en interés de las partes o
de terceros.
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Bernardo Pérez Fernández Del
Castillo
FORMALISMOS AD SOLEMNITATEM:
Son necesarios para la existencia –validez- del acto o
contrato. Su falta produce inexistencia.Se llama ad substantian, es substancia o esencia (Art. 1251
c.c.)
FORMALISMO AD PROBATIONEM:
No son necesarios ni para la existencia ni para la validez, sino
para probarlo eficazmente. El acto es válido aunque los
formalismos no hayan sido observados.
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ACTOS NO FORMALES
(O ACTOS DESPROVISTOS DE FORMALIDADES)
La ley no establece formas especiales (formalidades) y las
parteseligen libremente la forma –como se hace constar el
contrato-
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CRÍTICA
Es arcaica.
La ad probationem también da eficacia –y ejecutoriedad tanto al contenido como al documento notarial.
Las declaraciones son provistas de formalidades o
desprovistas de ellas, porque lo que vincula validez del
negocio es ese conjunto de formalidades.
No es admisible la especie adprobationem porque el
instrumento no solo prueba, da eficacia y forma.
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NUEVAS CLASIFICACIONES
FORMAS??? DE SER:
Se exigen con la finalidad de que el negocio no sea, no
exista*, sin la forma. Es constitutiva de la estructura del
negocio – es elemento esencial del negocio jurídico art. 1251
c.c.No hay declaración de voluntad ni negocio si la voluntad no ha
sido declarada por elcause de la forma exigida o convenida.
*La existencia o inexistencia del n.j no se regula en Guatemala como grado de
eficacia
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Art. 1687. El mandato debe constar en escritura pública como requisito
esencial para su existencia, y puede ser aceptado expresa o tácitamente.
Art. 2122. Para la validez del contrato se requiere su otorgamiento en escritura
pública, la cualcontendrá la especificación y valor de los bienes que se
transmiten, la identificación del rentista si fuere un tercero y la pensión o renta que
ha de pagársele, el propósito de la renta, la garantía que asegure su pago y las
condiciones que crean convenientes las partes.
Art. 16. La constitución de la sociedad y todas sus … se harán constar en
escritura pública. La omisión de la escritura social y de lassolemnidades
prescritas, produce nulidad absoluta. (Art. 224 c.c.g)
Art. 1577. Los contratos calificados expresamente como solemnes deberán
constar en escritura pública como requisito esencial de validez.
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NOTA
Nótese que algunos autores citados en el texto, identifican
“solemnidades” como requisitos, no a formalidad
solemnitatem.
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¿Cuáles son loscontratos calificados expresamente como
solemnes en la legislación guatemalteca?
¿En cada uno de ellos la ley dice “expresamente” que son
solemnes?
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FORMAS DE VALER
No es requisito del negocio jurídico. Es forma de eficacia del
negocio o del instrumento pero no de su constitución. El
negocio ya es perfecto pero hay que hacerlo valer añadiéndole
la forma. No son para...
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