Fuentes Modrenas

Páginas: 62 (15468 palabras) Publicado: 20 de febrero de 2013
Sentencias de amparo



269-2011

Amparo

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San Salvador, a las nueve horas y cuatro minutos del día veintiséis de marzo de dos mil doce.

Habiendo sido convocados los Magistrados Francisco Eliseo Ortiz Ruiz, Celina Escolán Suay, Ovidio Bonilla Flores y Sonia Dinora Barillas de Segovia para conocer de la solicitud de abstenciónformulada por los Magistrados propietarios de este Tribunal José Belarmino Jaime, Florentín Meléndez Padilla, Edward Sidney Blanco Reyes y Rodolfo Ernesto González Bonilla se efectúan las siguientes consideraciones:

I. 1. De lo manifestado por el señor Óscar Morales Herrera en su escrito de demanda, se advierte que impugna la sentencia emitida el día 13-V-2011 por los Magistrados de la Sala delo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en la Inc. 7-2011, en la cual se declaró la inconstitucionalidad del Artículo Único del Decreto Legislativo número 87, publicado en el Diario Oficial número 144, tomo 384, de 31-VII-2009, únicamente en cuanto a la elección de los señores Julio Eduardo Moreno Niños y Óscar Morales Herrera, como Magistrados Propietario y Suplente, respectivamente, delTribunal Supremo Electoral -en adelante TSE- para el período 2009-2014.

Al respecto, los Magistrados José Belarmino Jaime, Florentín Meléndez Padilla, Edward Sidney Blanco Reyes y Rodolfo Ernesto González Bonilla advirtieron que, en su calidad de Magistrados Propietarios de la Sala de lo Constitucional, suscribieron la sentencia relacionada, razón por la cual, al haber concurrido con su votoen la emisión del acto que está siendo impugnado, consideraron que debían abstenerse de conocer del presente proceso de amparo, para evitar dudas en cuanto a la imparcialidad que como jueces deben mantener en el ejercicio de sus funciones.

2. Al respecto, tal y como se afirmó en el decreto de sustanciación de fecha 8-II-2012, como resultado de la aplicación directa de lo dispuesto en el artículo12 de la Ley Orgánica Judicial, es la misma Sala de lo Constitucional quien está habilitada expresamente para tramitar y resolver las Abstenciones y Recusaciones suscitadas dentro de los procesos constitucionales sometidos a su conocimiento, en cuanto que, tal disposición regula el trámite que esta. Sala debe aplicar cuando se susciten incidencias como las antes señaladas.

En tal sentido, enel mismo decreto se advirtió que, en congruencia con la naturaleza de las abstenciones y recusaciones, como instrumentos para garantizar la imparcialidad del Juez o Magistrado, mediante la aplicación extensiva del artículo 12 de la Ley Orgánica Judicial y en aplicación de la autonomía procesal de la Sala de lo Constitucional, resultaba viable la configuración de un nuevo modo de proceder cuando seplanteara la Abstención o Recusación de los Magistrados de este Tribunal, de manera que fuera la misma Sala —con cambios en su conformación— el ente encargado de conocer los referidos incidentes, independientemente del número de magistrados que se abstuvieran o a quienes se recusara.

De esta forma, se concluyó que, en el caso de los procesos constitucionales, ante la eventual solicitud derecusación o abstención de los magistrados de la Sala de lo Constitucional, el mismo tribunal debe llamar a los Magistrados Suplentes para que sean estos quienes evalúen si las razones o motivos esbozados por los propios Magistrados Propietarios o por la parte recusarte son suficientes para aceptar la abstención o la recusación de quienes conforman la Sala de lo Constitucional.

En consecuencia, deconformidad con el citado trámite se deja a cargo de una conformación subjetiva distinta el conocimiento de las causales invocadas para apartar del conocimiento a los Magistrados Propietarios que forman la Sala de lo Constitucional, aunque -en principio- sea el mismo tribunal quien conozca de los citados incidentes.

II. 1. Del análisis de las peticiones formuladas se advierte que, los citados...
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