Gaceta Oficial N° 39.945 del 15 de junio de 2012

Páginas: 11 (2675 palabras) Publicado: 24 de septiembre de 2013
Gaceta Oficial N° 39.945 del 15 de junio de 2012
En publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.945, de fecha 15 de junio de 2012, la Presidencia de la República dictó la Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, en la cual se modificó la denominación, siendo esta ahora: “Decreto con Rango, Valory Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat”
Se incluyó un nuevo Capítulo en el Título IX Del Control y del Régimen Sancionatorio, que se denominará:
“Capítulo IV
Del Juicio Ejecutivo para el Cobro de Deudas a los Fondos del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat”.
De igual manera se modifican los artículos 60, referente a la cartera hipotecaria obligatoria; artículo 66,referente a la garantía de los préstamos; artículo 91, referente a las Sanciones a los Empleadores; artículo 92, referente a las Sanciones a los Operadores Financieros; artículo 93, referente a las Sanciones Comunes.
Se incluye nuevos artículos los cuales son artículo 105, referente al Objeto del Juicio; artículo 106, referente a la Competencia; artículo 107, referente Inicio de la demanda ysolicitud de embargo de bienes, artículo 108, referente a la Garantía de los Bienes Objeto del Embargo; artículo 109, referente a la Tercería; artículo 110, referente al Plazo para contestar la demanda, artículo 111, referente a la Oposición al embargo y el artículo 112, referente al Remate de los Bienes.
Por medio del presente Decreto, dicha reforma queda redactada de la siguiente manera:
Ladenominación del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, será la siguiente forma:
“DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DEL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT”
Se modifica el artículo 60, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 60
De la cartera hipotecaria obligatoria
Además de los préstamos hipotecarios que se otorguen con los recursos de los fondos a quese refiere este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, los bancos e instituciones financieras se encuentran en la obligación de destinar recursos propios al otorgamiento de préstamos hipotecarios para la construcción, adquisición, ampliación o remodelación de viviendas principales.
El Ministerio del Poder Popular con competencia en Materia de Vivienda y Hábitat establecerá el porcentaje anualde la cartera hipotecaria obligatoria que las instituciones del Sector Bancario deberán cumplir.
En tal sentido, el Ministerio podrá regular los mecanismos y parámetros en segmentos, tramos y períodos de forma anual, semestral, trimestral o mensual para que las Instituciones del Sector Bancario den cumplimiento a la misma, igualmente podrá direccionarla de conformidad con las líneas estratégicasestablecidas por el Poder Ejecutivo Nacional”.
Se modifica el artículo 66, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 66
De la garantía de los préstamos
Los préstamos para adquisición de vivienda principal que se otorguen con recursos de los Fondos a que se refiere este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley serán garantizados con una hipoteca de primer grado sobre elinmueble objeto del préstamo a favor del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat.
El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat podrá autorizarla constitución de hipotecas de segundo grado o compartir la de primer grado en caso de que se trate de acreedores institucionales.
En las otras modalidades de préstamo, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat podrá considerar la constitución de garantías de otrotipo, tomando en cuenta el tipo de solicitud, el monto del financiamiento y las condiciones socioeconómicas del o los solicitantes.
El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat definirá quiénes podrán ser los acreedores institucionales y elaborará los modelos de documento hipotecario y los remitirá al operador autorizado para su debida protocolización”.
Se modifica el artículo 91, el cual queda...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Gaceta Oficial N 40
  • Gaceta oficial
  • gaceta oficial
  • Gaceta Oficial
  • gaceta oficial
  • Gaceta Oficial
  • Gaceta oficial
  • Gaceta oficial

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS