Hjhj
En referencia a la autorización para el despido, traslado o desmejora, cuando un patrono pretenda despedir, traslado o desmejorar en sus condiciones de trabajo, por causas justificadas, aun trabajador investido de furo sindical, deberá solicitar la autorización ante el inspector del trabajo de la jurisdicción donde esté domiciliado el sindicato, o en la jurisdicción correspondiente ala sede de la empresa, en el caso de trabajadores investidos de fueros análogos o similares al fuero sindical. El patrono solicitará la autorización correspondiente ante el inspector del trabajo, enun escrito que deberá contener las menciones y requisitos exigidos por el Art. 49 de la LOPA.
Con respecto al procedimiento para el registro de organizaciones sindicales, es deber del ministerio deltrabajo favorecer el desarrollo de las relaciones colectivas, como contenido básico de la libertad sindical, así como el asegurar la mejor realización, de las funciones de las organizacionessindicales se define por el ámbito de actuación territorio del sindicato. El proceso se inicia por la notificación formal que hace al inspector del trabajo un número de trabajadores suficiente paraconstituirla o por una solicitud formal de registro, acompañada de los documentos constitutivos.
Funciones de los Inspectores: 589 y siguientes de la L.O.T.
a. visitar lugares de trabajo que estén dentro de sujurisdicción y verificar que se cumplan las disposiciones legales relativas al trabajo.
b. Guardar secreto de los procedimientos operacionales que tomen en sus visitas o actos de inspección.
c.Mantener absoluta imparcialidad y abstenerse de tomar posiciones partidistas y políticas.
d. Cuando el inspector realice sus visitas podrá ordenar cualquier prueba, investigaciones o examen, todo...
Regístrate para leer el documento completo.