Homicidio
DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR ANIMALES
1- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Capital Federal
Daños y perjuicioscausados por animales
El dueño y el animal, doméstico o feroz (o el guardián en su caso) es responsable del daño que causare, salvo que acreditare que aquel fue excitado por un tercero, o que se soltó oextravió sin culpa de la persona encargada de guardarlo, o que el daño proviniese del caso fortuito o fuerza mayor, o de culpa de la propia víctima.
Estas son la únicas excusas válidas a esos efectos,no bastando la prueba de la falta de culpa del propietario, la que se presume, al igual que la de sus dependientes que cuiden al animal.
No valen, por lo tanto, las simples reflexiones de que no estáprohibida la tenencia de canes, ni sobre que los dueños siempre cumplieron las normas comunales sobre seguridad.
La Jurisprudencia de la Suprema Corte y de los Tribunales Colegiados de CircuitoARTICULOS RELACIONADOS DE LA LEY DE AMPARO
Artículo 192.- La jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia, funcionando en Pleno o en Salas, es obligatoria para éstas en tratándose de laque decrete el Pleno, y además para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los juzgados de Distrito, los tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del DistritoFederal, y tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales.
Las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre que lo resuelto en ellas se sustenten en cinco sentencias ejecutoriasininterrumpidas por otra en contrario, que hayan sido aprobadas por lo menos por ocho ministros si se tratara de jurisprudencia del pleno, o por cuatro ministros, en los casos de jurisprudencia de lassalas.
También constituyen jurisprudencia las resoluciones que diluciden las contradicciones de tesis de Salas y de Tribunales Colegiados.
Artículo 193.- La jurisprudencia que establezca cada...
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