Ijllkkk

Páginas: 14 (3460 palabras) Publicado: 14 de noviembre de 2012
Sentencia T.S. (Sala 7) de 6 de febrero de 2012

 RESUMEN:
Régimen disciplinario militar: Sanciones extraordinarias. Separación de servicio. Embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas con habitualidad. Circunstancias concurrentes. Vulneración de los principios de individualización y proporcionalidad de la sanción. Inexistencia. Dos positivos de "cannabis"y un tercero de "cannabis" y anfetaminas. Falta de personal sanitario para la recogida de las muestras de orina. Validez de su recogida por personal autorizado. Proporcionalidad de la sanción de separación del servicio. Desestimación del recurso. Sanción procedente.

La Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo, constituida por los Excmos. Sres. Presidente y Magistrados expresados, hadictado la siguiente:

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a seis de Febrero de dos mil doce.

Visto el recurso contencioso disciplinario militar ordinario 204/114/10, que ha sido interpuesto por el Letrado D. Sergio Escobedo Depra, en la representación del Cabo 1.º del Ejército de Tierra D. Jesús Manuel, contra la Resolución de la Excma. Sra. Ministra de Defensa de 24 de Mayo de 2.010,confirmatoria en reposición de la resolución de 13 de Enero anterior en virtud de la cual se impuso al hoy recurrente la sanción disciplinaria de Separación del Servicio, por incurrir en la causa prevista en el número 3 del artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1.998, de 2 de Diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, consistente en " Consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustanciaspsicotrópicas con habitualidad ". Ha sido parte además del recurrente, el Sr. Abogado del Estado, y han dictado Sentencia los Excmos. Sres. Magistrados que al margen se relacionan, bajo la ponencia del Excma. Sra. D.ª Clara Martinez de Careaga y Garcia, quien expresa el parecer de la Sala con arreglo a los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO

 Primero.—Con fecha 1 de Abril de 2.009 se acordó por el General Jefe de la Fuerza Terrestre la incoación del Expediente Gubernativo núm. NUM000 contra el Cabo 1.º del Ejército de Tierra D. Jesús Manuel, destinado en el Regimiento de Cazadores de Montaña, RCZM, "Galicia 64" de Jaca (Huesca) por la posible incursión de éste en la causa prevista en el número 3 del artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1.998, de 2 deDiciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas consistente en " Consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas con habitualidad ", al haberse detectado que había dado positivo al consumo de drogas en los controles que le fueron realizados los días 26 de Mayo y 11 de Diciembre de 2.008 y 23 de Febrero de 2.009.

Segundo.—En el curso del referido ExpedienteGubernativo consta que se aportaron los documentos correspondientes a dichos resultados analíticos, así otros que se consideraron procedentes para la comprobación de los hechos, constando también la audiencia del encartado y la de sus mandos.

Tercero.—Por resolución de 13 de Enero de 2.010, la Excma. Sra. Ministra de Defensa impuso al referido Cabo 1.º la sanción disciplinaria extraordinaria deSeparación del Servicio, como autor de la causa prevista en el número 3 del artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1.998, de 2 de Diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas consistente en " Consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas con habitualidad ".

En el informe-propuesta del Asesor Jurídico General, de fecha 28 de Diciembre de 2.009, de acuerdo con el cualse dictó dicha resolución, se contiene la siguiente declaración de hechos probados:

" De las actuaciones practicadas por el Instructor del expediente resultan debidamente probados los siguientes hechos, de los que se ha dado conocimiento al interesado:

El Cabo 1.º MPTM del Ejército de Tierra DON Jesús Manuel, destinado en el RCZM "Galicia 64" (Jaca, Huesca), ha dado resultado positivo...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS