Impuestos y pagos en especie en en mexico
Hugo B. Margáin, director de Impuesto sobre la Renta de la Secretaría de Hacienda en 1957 embargo creditos fiscales a varios artistas de aquella epoca por no haber pagado sus impuestos, muchos otros tenian amenaza de embargo.
David Alfaro Siqueiros como representante del grupo, alegó que un pintor no sabía de contabilidad ni de leyes impositivas, "Lo único que tenemos soncuadros, podemos pagar nuestras obligaciones con alguna obra", después de largas platicas se gestó el programa “Pago en Especie”, una alternativa fiscal que permitiría a los artistas cubrir el pago de sus impuestos.
La propuesta fue aceptada por el Secretario de Hacienda Antonio Carrillo Flores durante la presidencia de Adolfo Ruiz Cortines, con la finalidad de crear un acervo histórico para laNación.
Diego Rivera donó “El estudio del artista” y pago impuestos con la obra “Lucila y Judas”
Rufino Tamayo, donó La Venus fotogénica
Adolfo Best, el retrato de Zapata
Raúl Anguiano, El beso
Desde 1994 en el antiguo Palacio del exarzobispado es el lugar donde se exhibe al público parte de la Colección Pago en Especie.
La formalización mediante decreto de los pagos en especie serealizo hasta 1975 en el regimen de Luis Echeverría.
DECRETO
3. Impuesto sobre la renta
3.19. Pago en especie
3.19.1. Para efectos del presente capítulo, por decreto se entiende el Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de suproducción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994.
Para efectos del artículo cuarto, fracciones I y II del decreto, el aviso, la declaración, así como las obras que el artista proponga en pago, deberán ser presentadas ante la Administración General Jurídica de Ingresos oante las Administraciones Locales Jurídicas de Ingresos de Zapopan, de Oaxaca o de Guadalupe, en las formas oficiales que dichas administraciones les proporcionen.
3.19.2. Los artistas que se acojan a lo establecido en el decreto, podrán optar por pagar sus impuestos conforme al valor que estimen de sus obras, en lugar de aplicar la tabla que se contiene en el artículo segundo del decreto dereferencia. En este caso, se estará a lo siguiente:
A. Los artistas deberán cumplir con todas las obligaciones fiscales que deriven de la realización de sus actividades, inclusive la de llevar contabilidad y efectuar pagos provisionales y anuales, sin reflejar los ofrecimientos ni las sustituciones de obra. Las aceptaciones de obra estarán a lo dispuesto en el rubro C de la presente regla.
B. El SAT,en consulta con el comité a que se refiere el artículo quinto del decreto, determinará el valor que corresponda a las obras que los artistas ofrezcan en pago.
C. La resolución de aceptación de la obra dará lugar a un saldo a favor del contribuyente por el valor señalado en la misma, que no se reflejará en declaración alguna. El contribuyente se presentará ante la administración local derecaudación que corresponda a su domicilio fiscal, para hacerlo valer de la manera siguiente:
1. Por compensación contra créditos firmes a su cargo o saldos a pagar en declaraciones, mediante la presentación de la forma oficial 41 y la resolución de aceptación.
En el supuesto de que el contribuyente tenga créditos firmes a su cargo, la administración citada procederá a realizar la compensación de oficioy extenderá al contribuyente el documento en el que conste la compensación efectuada.
2. Por devolución, mediante la presentación de la forma oficial 32 acompañada igualmente de la resolución de aceptación, en caso de que esta última no se hubiere presentado con anterioridad, a efecto de que dicha administración proceda a tramitar la devolución.
El monto de la devolución no podrá ser...
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