Indecopi

Páginas: 31 (7663 palabras) Publicado: 1 de marzo de 2013
RESOLUCION EMITIDA POR LA COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR DEL INDECOPI DONDE SE RECONOCE DERECHOS A UN CONCEBIDO DE 5 SEMANAS QUE MUERE ANTES DE NACER

Breve resumen de los hechos:

Señora embarazada de 5 semanas que sufre un accidente. Posteriormente tiene un aborto involuntario. La señora denuncia a la compañía de seguros para que la indemnice –vía SOAT- por incapacidad temporal ypor muerte del concebido.

Parte importante de la Resolución: “En atención a estas consideraciones, es opinión de quienes suscribimos el presente voto, que el concebido, al ser un sujeto de derecho privilegiado y porque la tutela de su derecho a la vida no está sometida a condición alguna, también se encuentra amparado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, regulado por el D.S. No.024-2002-MTC.”

No obstante ello, la demanda fue declarada infundada sólo porque la denunciante no cumplió con acreditar que el aborto se produjo como consecuencia del accidente.

En consecuencia, si ello hubiese sido probado, se habría indemnizado a la madre por la muerte de su hijo, de apenas 5 semanas de vida.


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DENUNCIANTE : BELMIRA CAHUAZA TORRES (LA SEÑORA CAHUAZA)DENUNCIADO : LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A. (LA


POSITIVA)

MATERIA : CONCLUSION ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO
POR CONCILIACIÓN
IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS

ACTIVIDAD : SEGUROS GENERALES


PRODUCTO : SOAT


PROCEDENCIA : LIMA


SUMILLA: en el procedimiento iniciado por laseñora Belmira Cahuaza Torres en contra de La Positiva Seguros y Reaseguros S.A., por presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor[1], la Comisión ha resuelto lo siguiente:

i) dar por finalizado de forma parcial el procedimiento iniciado por la señora Cahuaza en contra de La Positiva por presunta infracción al artículo 8 de la Ley de Protección al Consumidor, en el extremoreferido al pago de los gastos médicos y la indemnización por incapacidad temporal. Ello, en tanto que las partes han llegado a un acuerdo conciliatorio.

ii) declarar infundada la denuncia presentada por la señora Cahuaza en contra de La Positiva por presunta infracción al artículo 8 de la Ley de Protección al Consumidor, en el extremo referido al pago de la indemnización por muerte que brinda elSOAT por la pérdida de su embarazo. No ha quedado acreditado que la pérdida del embarazo de la señora Cahuaza se haya producido a causa del accidente de tránsito materia del procedimiento.

iii) declarar infundadas las solicitudes de medida correctiva y de costas y costos efectuadas por la señora Cahuaza.

Lima, 26 de noviembre de 2003

1. HECHOS

El 21 de julio de 2003, la señora Cahuazadenunció a La Positiva por presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor. En su denuncia, manifestó que el 23 de enero el vehículo con placa de rodaje VG-5559 de propiedad de Transportes Paredes Estrella y asegurado en La Positiva, se despistó, por lo que tuvo que ser trasladada de emergencia al Hospital de Bagua Grande, y luego al Hospital de ESSALUD de Chiclayo.

Por la gravedad delas lesiones, tuvo que asistir a un médico particular, en donde se advirtió que se encontraba en gestación de cinco semanas. Al respecto, indicó que se le informó que presentaba peligro de aborto, lo cual se materializó poco tiempo después. En ese sentido, pese a haber solicitado a la denunciada la carta de garantía a fin de seguir con el tratamiento, ésta le fue negada, negligencia que trajo comoconsecuencia la pérdida de su embarazo.

Por dichas razones, solicitó a la Comisión que ordene a La Positiva el pago de la indemnización por incapacidad temporal y muerte que la Ley del SOAT contempla, así como los gastos médicos efectuados por un monto de S/. 247. Asimismo, demandó el pago de las costas y costas en que hubiese incurrido en el procedimiento.

En su defensa, La Positiva...
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