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APRUEBA REGLAMENTO DE CALDERAS Y GENERADORES DE VAPOR
(Diario Oficial Nº 31.869, de 12 de mayo de 1984)
Santiago, 24 de Febrero de 1984.
Hoy se decretó lo siguiente:
Número 48
Vistos, Lo dispuesto en el artículo 82° letra a), artículo 9º letra c) y en el Libro Décimo del Decreto con Fuerza de Ley Nº725,
de 1967, que aprobó el Código Sanitario; lo establecido en elartículo 65° de la Ley Nº16.744; en el Decreto Ley Nº2.763 y
sus modificaciones y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32°, Nº 8 de la Constitución Política de la
República de Chile,
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor.
Título I: Disposiciones Generales
Artículo 1
El presente Reglamento establece las condiciones generales deconstrucción, instalación, mantención, operación y seguridad
que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean
móviles o estacionarias.
No obstante lo anterior, no se aplicará a:
A. Las Calderas de las locomotoras,
B. Las Calderas instaladas en embarcaciones,
C. Las Calderas de cualquier tamaño, cuya presión detrabajo no exceda de 0,5 kg/cm2, y
D. Las Calderas empleadas en la calefacción central de edificios, por agua caliente o por vapor cuya presión no exceda de 0,5 kg/cm2.
Artículo 2
Corresponderá a los Servicios de Salud fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento,
todo ello de acuerdo con las normas e instrucciones generales que imparta el Ministerio deSalud. Tratándose de la Región
Metropolitana, tales funciones corresponderán al Servicio de Salud del Ambiente de esa Región.
Título II: de las Definiciones
Artículo 3
Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
1. Caldera de Vapor o Caldera; el recipiente metálico en el que se genera vapor a presión mediante la acción de calor.
2. Generador de Vapor; el conjunto o sistemaformado por una caldera y sus accesorios, destinados a trasformar un líquido en
vapor, a temperaturas y presión diferente a la atmosférica.
3. Autoclave; el recipiente metálico destinado al tratamiento de materiales con vapor a presión superior a la atmosférica.
4. Accesorios; los elementos útiles o necesarios que, en conjunto con la caldera, integran un generador de vapor.
5. Presión; la acción yel efecto resultante de la compresión de un cuerpo o de un fluido sobre una superficie.
6. Presión máxima de trabajo; la presión límite a la que puede trabajar con seguridad una caldera o generador de vapor, o la
presión extrema que resiste un recipiente sujeto a presión.
7. Unidad normal de presión; la atmosférica métrica, que es igual a 1 kilogramo por centímetro cuadrado. Las presionesefectivas
se entenderán medidas a partir de la presión atmosférica del ambiente y no las presiones absolutas medidas a partir del vacío.
Una atmósfera métrica equivale a 14,22 libras por pulgada cuadrada. La unidad inglesa de presión, designada “PSI” (Pounds
Square Inch), es una libra por pulgada cuadrada.
Asociación Chilena De Seguridad | Leyes
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Decreto Supremo Nº 48
8.Evaporar o vaporizar; convertir un líquido al estado físico de vapor, mediante suministro de calor.
9. Calderas de tubos de humos, (Igneotubulares); aquellas en que los gases y humos, provenientes de la combustión pasan por
tubos que se encuentran sumergidos en agua.
10. Calderas de tubo de agua, (Acuotubulares); aquellas en que los gases y humos, provenientes de la combustión rodean tubos
por cuyointerior circula agua.
11. Superficie de calefacción de una caldera a vapor; la superficie en contacto con los gases y humos de combustión por un lado,
y con el agua por el otro, medida esta superficie por el lado que está en contacto con los gases y humos.
12. Superficie de calefacción directa; aquella parte de la superficie de calefacción en que la transmisión del calor se verifica...
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