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El impuesto a los timbres y estampillas es un impuesto implicito y se esta regulado en el Decreto Ley N°3.475, y es un tributoque grava principalmente los documentos o actos que dan cuenta de una operación de crédito de dinero y se aplica a los actos formalizados en documentos públicos (escritura)inscribibles y con cuantía economía como es el caso de las compraventas de viviendas y las hipotecas. Este impuesto es calculado sobre el monto del documento.
La tasa de impuestoque tiene es de un 0,05 % sobre el monto que conlleva el documento con un máximo de 0,6 %, Las letras de cambio, pagarés, créditos simples o documentarios, entrega de facturaso cuentas en cobranza, descuento bancario de letras, préstamos y cualquier otro documento, incluso los que se emitan en forma desmaterializada que tengan una operación decrédito en dinero llevaran este impuesto. En el caso de los documentos como vale vista o que no tengan fecha de vencimiento tendrán una taza de 0,25 % de su monto.
Tambien cuandouno de estos documentos son protestados por falta de fondo se les agrega una tasa del 1 % sobre su monto con un minimo de $3.086 el cual es reajustado semestralmente por eldecreto supremo, y con un máximo de una unidad tributaria mensual(UTM)
Los documentos gravados por este impuesto son los documentos notariales, mercantiles y administrativos.
Laúnica exencion que tiene este impuesto son las escrituras publicas y contratos relacionados con VPO(vivienda de protección oficial).
Ademas también dentro de este impuestoestán afectas las hipotecas y los contratos de compra de vivienda.
Y por ultimo es declarado en el formulario 29 para luego ser presentado en el Servicio de Impuestos Internos.
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