Jurisprudencia

Páginas: 17 (4143 palabras) Publicado: 21 de junio de 2011
Jurisprudencia
Sala Civil y Comercial

ACCIDENTE DE TRÁNSITO - EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD CIVIL - CASO FORTUITO - FACTORES ATRIBUTIVOS - OBLIGACIÓN DE SEGURIDAD - CUMPLIMIENTO - CONCESIÓN DE CORREDORES VIALES. |
SENTENCIA NUMERO: 28 En la ciudad de Córdoba, a los 16 días del mes de MAYO de dos mil siete, siendo las 11.30 , se reúnen en audiencia pública, los Sres. Vocales de la SalaCivil y Comercial del Excmo. Tribunal Superior de Justicia, Dres. María Esther Cafure de Battistelli, Domingo Juan Sesín y M. de las Mercedes Blanc G. de Arabel, bajo la presidencia de la primera, a fin de dictar sentencia en los autos caratulados: “BELLÓN ABEL ENRIQUE Y OTROS C/ CAMINOS DE LAS SIERRAS Y OTRO – ORDINARIO - RECURSO DIRECTO (Expte. B-12-04)” procediendo en primer lugar a fijar lassiguientes cuestiones a resolver: PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es procedente el recurso directo?.- SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?. Conforme al sorteo que en este acto se realiza, los Sres. Vocales votan en el siguiente orden: Dres. María Esther Cafure de Battistelli, Domingo Juan Sesín y M. de las Mercedes Blanc G. de Arabel.- A LA PRIMERA CUESTIÓN PLANTEADA LA SEÑORA VOCAL DOCTORAMARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI, DIJO:- I. La parte actora. Sr. Abel Enrique Bellón, por derecho propio, interpone recurso directo en: “BELLÓN ABEL ENRIQUE Y OTROS C/ CAMINOS DE LAS SIERRAS Y OTRO – ORDINARIO - RECURSO DIRECTO (Expte. B-12-04)”, en razón de que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación de esta ciudad le denegó el recurso de casación por el motivo delinc. 1° del art. 383 del C.P.C. (auto interlocutorio n° 52 del 3 de marzo de 2004) oportunamente interpuesto contra la Sentencia n° 67 del 19 de junio de 2003. Dictado el decreto de autos a estudio, estando firme y consentido, la causa ha quedado en estado de resolución.- II. Las censuras contra el pronunciamiento impugnado pueden compendiarse así: Inc. 1°, artículo y Código citado: a. Violaciónal principio de congruencia:- Refiere que le agravia el pronunciamiento al no dar tratamiento a la censura de apelación por incongruencia y por no valorarse una prueba esencial consistente en el reconocimiento espontáneo por parte del Estado Provincial en ocasión de contestar la demanda. Así, dice, la citada parte consignó que el concesionario tiene a su cargo el mantenimiento, reparación yconservación de la red de accesos a la ciudad de Córdoba, debiendo mantener la ruta en perfecto estado de viabilidad, no pudiendo exculparse del deber control consistente en la presencia de animales en la ruta.- Impetra que dicha obligación le fue impuesta por el concedente, quien reconoció espontáneamente su propio deber frente a los usuarios. Concluye en que la resolución al respecto luce incongruentecon relación a la confesión realizada en la contestación de la demanda. b. Falta de fundamentación lógica: Consigna que le agravia el voto de la Dra. Montoto de Spila en cuanto considera que no puede endilgarse a la compañía la omisión del deber de vigilancia, ya que, dice, si la citada Vocal admite que la empresa cuenta con un departamento de seguridad que ronda la ruta para observar que seencuentre libre de obstáculos, es porque tiene, al igual que el Estado Provincial, la obligación de mantener la ruta libre de animales. c. Falta de fundamentación legal: Impugna la resolución en cuanto no sólo el propietario responde objetivamente por los daños causados por el animal (art. 1124 C.C.), sino también el que se constituye en guardián de la cosa perdida, y que en el caso particular, dice,las codemandadas estaban obligadas a tomar el animal extraviado, lo que los erigía en guardianes de la cosa animada.- Señala que asimismo le agravia que se haya derogado en el caso particular, el art. 24 del "Reglamento de Explotación de los Corredores Viales" y la cláusula 6.1. del Pliego de Condiciones Particulares para la Concesión de Obras Viales", donde se establece el deber de seguridad que...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • La jurisprudencia
  • JURISPRUDENCIAS
  • jurisprudencia
  • Jurisprudencias
  • Jurisprudencia
  • jurisprudencia
  • Jurisprudencia
  • JURISPRUDENCIAS

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS