jurisprudencias de civil trabajo

Páginas: 5 (1199 palabras) Publicado: 6 de agosto de 2015
Tesis: I.9o.P.43 P (10a.)
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Décima Época
2004924        1 de 1
Tribunales Colegiados de Circuito
Libro XXVI, Noviembre de 2013, Tomo 2
Pag. 1329
Tesis Aislada(Penal)

INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS. EL HECHO DE QUE EL DEUDOR ALIMENTISTA MODIFIQUE, SIN AUTORIZACIÓN, EL MONTO DEL PAGO DE LA PENSIÓN ESTABLECIDA EN UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL YCUBRA SÓLO UNA PARTE DE ELLA, ACTUALIZA ESTE DELITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 193, EN RELACIÓN CON EL DIVERSO 197, AMBOS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Si el deudor alimentista convino de manera específica y a través de una resolución judicial cubrir a sus acreedores alimentarios una pensión mediante la entrega de una cantidad mensual fija, está obligado a cumplir en los términosestablecidos. Por el contrario, si modifica motu proprio los términos del pacto y únicamente cubre parte del pago, sin que ese proceder se encuentre autorizado conforme a derecho, es inconcuso que se produce un incumplimiento a la obligación contraída judicialmente, que actualiza el tipo penal contenido en el artículo 193, en relación con el diverso 197, ambos del Código Penal para el Distrito Federal.Ello, porque el cumplimiento parcial o insuficiente de la obligación alimentaria, es contrario a la finalidad de prevención y conservación de la integridad física y moral del acreedor, pues los alimentos tienden a la satisfacción de sus necesidades de subsistencia y éstas se actualizan día con día, de tal manera que no puede quedar al arbitrio del deudor proporcionarlos por las cantidades y en lostiempos que estime. En esa tesitura, si el tipo penal contenido en el invocado normativo 193, de manera gramatical y literal prevé la hipótesis exacta de incumplimiento de obligaciones alimentarias, el cumplimiento parcial de lo convenido, en su caso, únicamente tendría efecto en cuanto al monto de la reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente, pero no equivaldría a lainexistencia del delito.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.


Amparo en revisión 142/2013. 5 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Olga Mejía Sánchez. Secretario: Daniel Guzmán Aguado.


Tesis: XIV.P.A.1 P (10a.)
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Décima Época
2004261        1 de 1
Tribunales Colegiados de Circuito
Libro XXIII,Agosto de 2013, Tomo 3
Pag. 1679
Tesis Aislada(Constitucional, Penal)

LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN EN EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR. SI PARA GOZAR DE ESTE BENEFICIO EL JUEZ FIJA COMO GARANTÍA DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO UNA CANTIDAD QUE NOTORIAMENTE EXCEDE DE LA NECESARIA PARA LA SUBSISTENCIA DE LOS ACREEDORES ALIMENTARIOS, BASÁNDOSE ÚNICAMENTE EN EL DICHO DELA QUERELLANTE Y SIN EXISTIR MANDATO, DETERMINACIÓN O SANCIÓN JUDICIAL QUE OBLIGUE AL INDICIADO A SU PAGO, VIOLA DERECHOS FUNDAMENTALES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN).

El Constituyente Permanente, en el artículo 20, apartado A, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 dejunio de 2008), en aras de que se cumpla a plenitud con el derecho fundamental del inculpado a obtener su libertad provisional bajo caución, determinó que el monto y la forma de caución que se fijen sean asequibles. Luego, si para gozar de este beneficio tratándose del delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, previsto en el artículo 220 del Código Penal del Estado de Yucatán,el Juez fija como garantía de la reparación del daño una cantidad que notoriamente excede de aquella que pudiera considerarse necesaria para la subsistencia de los acreedores alimentarios, porque sobrepasa el concepto de "alimentos" en sentido estricto o material, que es el que se protege en el ámbito de la tutela penal, de acuerdo con la jurisprudencia 1a./J. 21/99, de la Primera Sala de la...
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