La Competencia Judicial Internacional
Función jurisdiccional= soberanía del Estado Art 117.3 CE y Art 4 LOPJ
Normas de competencia judicial internacional son distributivas y las de origen interno son atributivas y son sustancialmente diferentes
Tipos de competencia:
Objetiva (materia y cuantía)
Funcional (función yjerarquía)
Territorial ( demarcación territorial)
Normas de competencia judicial internacional:
-Delimitan las situaciones privadas internacionales en que los Tribunales pueden conocer
- Tratados regulan sus reglas comunes
-plano anterior a la interna ( solo si son competentes internacionalmente entra en juego la interna)
- son autónomas –problemas de inadaptación minimizados por la reforma de la LEC del 2000. Art 50= solución general- foro de competencia territorial general del domicilio del demandado
Regulación de la competencia judicial internacional
A- Diversidad de regímenes
LOPJ
Convenios
Reglamento 44/2001 (Bruselas I) que comunitarizó el Convenio de Bruselas de 27.Sept.1968 sobre competencia en materiacivil y mercantil
Otros Reglamentos en materias específicas con normas sobre competencia
Convenios de derecho uniforme (Para unificar las normas sobre competencia
competencia)
B- Normas y foros de competencia judicial internacional
Las normas son:
unilaterales (delimitan el ámbito jurisdiccional de los Tribunales de un Estado) ,
indirectas
atributivasproceso de calificación de la acción para ver la norma pertinente
criterio de conexión= foro
En régimen convencional o institucional suelen ser bilaterales
Foro- personal, territorial ,necesidades concretas
Foro exorbitante - tendencia a favorecer intereses privativos del estado. Consecuencia- los otros Estados no reconocen estas decisiones
Foro concurrente- se atribuye lacompetencia a un foro sin excluir a otros Estados que pudieran conocer en virtud de otros foros
Foro exclusivo- se atribuye la competencia a un foro excluyendo a los otros Estados que en caso de conocer no se les reconocerían sus sentencias
Foros de protección- foros que por razón de la materia protegen a una de las partes en el proceso
Foros neutros- no protegen a ninguna de las partes en concretoProblemas como la derogatio fori, la litispendencia.. a veces no se resuelven en el Reglamento de Bruselas, ni LOPJ ni del régimen general
3- Límites derivados del derecho Internacional Público
Límites a la competencia exclusiva del Estado en la competencia:
1- Forum actoris- foros privilegiados para una de las partes (nacionalidad del foro del demandante) por violargarantías procesales y conculcar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad
2- obligación de garantizar a los extranjeros el acceso a la justicia
3- Inmunidad de jurisdicción y ejecución . ( Hoy entendida en sentido relativo) Se entendía antes como absoluta prohibición de competencia de Tribunales españoles para conocer litigios en que participasen sujetos dederecho. Hoy es relativa y sí se permite si los actos del estado extranjero no se realizaron en virtud de imperio sino con sujeción a las reglas ordinarias del tráfico privado. El control de la inmunidad se hace de oficio por el juez español
Régimen del reglamento Bruselas I
1-Aspectos generales
A- Antecedentes
Reglamento 44/2001del 22 de Diciembre relativo a la competencia judicial ya la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil , se basa en el Convenio de Bruselas de 27-09-1968 sobre la misma materia, y es el marco jurídico básico en la materia y de aplicación directa a todos los Estados miembros de la UE
Al pasar del convenio al reglamento TJCE- problemas de interpretación.
Art 234 TCE habilita plantear cuestiones prejudiciales a cualquier...
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