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FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
CENTRO DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
ESPECIALIZACION EN DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO
GARANTIA CONSTITUCIONAL EL DERECHO A LA DEFENSA EN EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL
Participantes:
Legón Elizabeth de C.I 3.709.195
Valencia, Mayo 2010ÍNDICE
Pág.
Introducción…………………………………………………………………… 3
Capítulo I Marco Referencial del Contencioso Administrativo Funcionarial …………………………………………………………………. 6
1.1 Planteamiento…………………………………………………………..... 6
1.2 Conceptos Utilizados ………..…………………………………………… 7
1.2.1 Conceptos Generales…………………………………………. 7
1.2.2Conceptos Específicos………………………………………… 8
Capítulo II. Aspectos Generales del Contencioso Administrativo
Funcionarial ……………………………………………….. 10
Capítulo III. Conclusiones y Bibliografía. ……………………………….. 20
3.1 Conclusiones……………………………………………………………… 23
3.2 Bibliografía. ………………………………………………………………... 26
INTRODUCCION
Al abordar el tema relacionado conlas Garantías Constitucionales dentro del Procedimiento Contencioso Administrativo Funcionarial nos queremos referir exclusivamente a la garantía especifica del Derecho a la Defensa dentro del respectivo procedimiento y así hacer referencia a cómo deben ser tratada dicha prerrogativa a la luz del Régimen de la Función Pública, el cual ha sido objeto de profundas transformaciones con ocasión de laentrada en vigencia, en primer lugar, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de diciembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.860 del 30 de diciembre de 1999, y en segundo lugar, con la entrada en vigencia de la Ley del Estatuto de la Función Pública (LEFP.), en principio, promulgada por el Ejecutivo Nacional, mediante Decreto-Ley N°1.553, de fecha 13 de noviembre de 2001 reformada por la Asamblea Nacional el 9 de julio de 2002, y promulgada el 11 de julio de 2002, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.482, del 11 de julio de 2002.
De manera general, podemos señalar que se trata de un proceso contencioso administrativo especial de naturaleza subjetiva y que, al igual que el establecidoen la derogada Ley de Carrera Administrativa, no constituye un procedimiento autónomo, sin embargo, a diferencia de lo establecido en la derogada Ley de Carrera Administrativa, su procedimiento ha sido configurado de forma mixta: escrito y oral.
Es importante resaltar a la luz de nuestro estudio que en la actualidad los legitimados activos para ejercer una acción o recurso contenciosoadministrativo son, sin duda alguna, los funcionarios públicos, es decir, todas aquellas personas naturales que, en virtud de un nombramiento expedido por una autoridad competente, se desempeñen en el ejercicio de una función pública remunerada, con carácter permanente.
Debemos tomar en consideración la particularidad de que el interés del recurrente debe ahora ser analizado de forma más amplia,progresiva y favorable al derecho constitucional, a la tutela judicial efectiva, prevista en el en nuestra carta magna, por lo que es suficiente que el actor se encuentre en una situación fáctica o jurídica de conseguir un determinado beneficio a través de su recurso. Así tenemos que de conformidad con los postulados de la Constitución de 1999, consagra de forma más amplia el concepto de “interés” sinestablecer calificación alguna. De modo, que si bien se exige un interés, no podrá exigirse su carácter personal, legítimo y directo, sino que bastará que el funcionario público recurrente, manifieste un simple interés.
Como punto de introducción de nuestro trabajo debemos llegar a la formulación de un concepto de garantía de defensa que explique por qué es tan importante. Lo cual no parece...
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