La ley 42 del 5 de agosto de 2002
Artículo 1. Se adiciona el artículo 8-A a la Ley 42 de 2002, así:
Artículo S-A. La Historia de Panamá se divide en cuatro grandes periodos:Prehispánico, Hispánico, Departamental y Republicano. Los contenidos de la Catedra de Historia de las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos, se encuentran ubicados dentro del periodo departamental yrepublicano.
Se establece la enseñanza de la Historia Prehispánica e Hispánica de Panamá, para el undécimo grado de la educación media en todos los colegios oficiales y particulares.
La HistoriaDepartamental y Republicana de Panamá, para el duodécimo grado de la educación media en los colegios oficiales y particulares, profundizando en aquellos hechos que contribuyeron a fortalecer las bases de lanación panameña, referentes a las relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica.
Artículo 2. Se adiciona el artículo S-B a la Ley 42de 2002, así:
Articulo S-B. La enseñanza de estasasignaturas será obligatoria en los dos últimos niveles de la educación media en los colegios oficiales y particulares durante todo el año académico, con tres horas semanales por profesores panameñosde nacimiento.
Se crea la comisión para el proyecto de modificación de la asignatura Historia de las Relaciones entre Panamá y Los Estados Unidos de Norteamérica, que estará integrada por:
l. Tresrepresentantes del Ministerio de Educación.
2. Dos docentes de Educación Media
3. Dos docentes de la Universidad de Panamá.
Esta comisión será responsable de seleccionar los contenidosprogramáticos para la enseñanza de la Historia Departamental y Republicana de Panamá, así como de reformar los contenidos de esta asignatura en los programas de estudio de la educación media, para los centroseducativos oficiales y particulares. Los aspirantes a enseñar la disciplina Historia Departamental y Republicana de Panamá deberán poseer los siguientes requisitos:
1. Título de licenciado en...
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