La prueba segun jhoan pico i junoy

Páginas: 8 (1757 palabras) Publicado: 31 de marzo de 2011
Prueba documental.

Según el Jurista español Johan Pico I Junoy, esta prueba debe ser propuesta in limine litis (al principio del proceso) y debe tratarse sobre documentos fundamentales o que versen sobre el objeto del proceso, ya que, si esto no es así podría ser inadmisible por impertinente o en otras palabras como afirma Jaime Guasp, citado por Pico, deben tratarse de aquellas pruebasque tienden a acreditar la concurrencia de los presupuestos procesales, como los materiales, es decir, los que recogen los hechos que constituyen la causa petendi, invocada por el actor y los que justifican la realidad fáctica en la que el demandado funda u defensa u oposición.

Analizando Pico la normativa Española nos dice, que de esta se desprende que los documentos materiales poseídospor las partes y que no son oportunamente aportados al proceso, no podrán serlo con posterioridad, esto es asi por el principio de preclusión de los términos procesales.

Esto es así, toda vez que, si el órgano jurisdiccional aceptare la aportación extemporánea de pruebas documentales estaría favoreciendo a una de las partes, además de contraviniendo el principio de buena fe y éticaprocesal, aunado a que de este comportamiento podría sobrevenir la indefensión de una de las partes lo que atentaría contra el debido proceso.

En lo con respecta a la legislación patria es oportuno señalar que el artículo 792 del Código Judicial consagra este principio de preclusión de términos procesales en materia de pruebas, de la siguiente manera:

“Artículo 792. Para que seanapreciadas en el proceso las pruebas deberán solicitarse, practicarse o incorporarse al proceso dentro de los términos u oportunidades señaladas al efecto en este Código. Sin embargo, las pruebas incorporadas en el expediente que se hayan practicado con intervención de las partes ya vencido el término probatorio, siempre que hayan sido ordenadas por resolución ejecutoriada, serán consideradas en ladecisión. Se podrán considerar en la decisión las pruebas practicadas con intervención de las partes en los casos en que se declare la nulidad de lo actuado sin que el vicio que causó la nulidad haya ocurrido en la práctica de las pruebas. Del mismo modo, podrán utilizarse en el proceso las pruebas practicadas con

intervención de las partes en un proceso anulado y cuya práctica nohaya incidido en la declaratoria de nulidad.”

No obstante esta regla general de aportar documentos al inicio del proceso tiene 2 excepciones a saber

• La imposibilidad justificada de la parte interesada de aportarlas en debido tiempo.

• Cuando se trate de documentos que tengan carácter de contrapruebas en escritos de réplica.

La primera excepción citada contiene 3supuestos a saber:

- La inexistencia del documento por ser de fecha posterior a los escritos de demanda y contestación respectivamente.

- El desconocimiento de su existencia por parte que en quien recaiga la carga probatoria, siempre y cuando esta jure dicho desconocimiento.

- Cuando sea imposible su obtención por causas no imputables al litigante, siempre que este designeoportunamente el archivo o lugar donde se encuentran los originales.

Cabe destacar que este principio de preclusión no llega a cercenar la facultad que tiene el juzgador tanto en lo civil como en lo penal de ordenar cuando así lo desee en cualquier momento la practico de una prueba oficiosa.

Nuestro Código Judicial en su artículo 793 contiene esta facultad oficiosa y reza de la siguiente manera:“Artículo 793. Además de las pruebas pedidas y sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones de este Código, el juez de primera instancia debe ordenar, en el expediente principal y en cualquier incidencia que surja, en el período probatorio o en el momento de fallar, la práctica de todas aquéllas que estime procedentes para verificar las afirmaciones de las partes y el de...
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