ley creadas recientemente en Honduras
LEY PARA LA REGULACIÓN DE VENTA
DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
CON DISTINTOS GRADOS DE
TOXICIDAD
ARTÍCULO 1.- Las disposiciones de esta Ley tienen por objeto regular la venta al detalle deproductos de uso agropecuario que estén etiquetado con bandas de color rojo, amarillo o azul para indicar grados de toxicidad, según la clasificación establecida por la Organización Mundial de la Salud (OMS)y la Organización para la Alimentación y la Agricultura, (FAO). Lo anterior con el propósito de evitar daños a la salud o fatalidades en las personas a causa de la aplicación y manejo inapropiado opara darles usos diferentes para los cuales fueron elaborados.
ARTÍCULO 2.- Los productos citados en el Artículo anterior tales como: plaguicidas, insecticidas, fungicidas, fertilizantes, herbicidas,desparasitantes o cualquier otra sustancia de uso agropecuario con contenidos tóxicos, únicamente pueden ser vendidos al detalle por casas o establecimientos agropecuarios y agroquímicos debidamenteregistrados en el
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA), dependencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y que además cuenten con permiso deoperación vigente extendido por la Municipalidad correspondiente.
ARTÍCULO 3.- El establecimiento expendedor al momento de realizar la venta está obligado a observar las disposiciones siguientes:
1) Bajoninguna circunstancia se pueden vender productos con etiquetado rojo a menores de veintiún (21) años de edad. Los productos etiquetados amarillo o azul pueden venderse a mayores de dieciocho (18)años, previa acreditación de su labor en el campo de alguna asociación de productores, así como de la corporación municipal de cada uno de los municipios;
2) Vender el producto en los envases de...
Regístrate para leer el documento completo.