Ley de derechos laborales adquiridos
Artículo 1.- Para los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Ley, se entiende por "Derechos Laborales Adquiridos”, el conjunto de beneficios,facultades, normas tutelares y disposiciones similares que se encuentran establecidas a favor de los trabajadores en la Constitución Política, la legislación laboral, los convenios internacionalesdel trabajo, los reglamentos ministeriales o decretos, los convenios colectivos y los acuerdos bilaterales suscritos entre empleadores y empleados.
Artículo 2.- Al tenor de lo dispuesto en elartículo 1 y en virtud de la presente Ley, todos los derechos establecidos para los trabajadores, al tenor de lo dispuesto en la Constitución Política, Código del Trabajo, legislación laboral, leyesespeciales, reglamentos ministeriales, convenios colectivos, o acuerdos, serán considerados como derechos laborales adquiridos en términos definitivos, por sus beneficiarios e incorporados por ende, a susconvenios colectivos o contratos individuales de trabajo o relación jurídica laboral.
En lo que respecta a los convenios colectivos, serán derechos adquiridos hasta su vigencia. Los convenios que sefirmen posteriormente serán derechos adquiridos en la forma convenida por las partes.
Artículo 3.- Ninguna ley, convención, tratados nacionales e internacionales, pactos o acuerdos de caráctereconómico o comercial, regionales o de otro tipo, con el pretexto de mejorar la competitividad comercial para empresas nacionales o extranjeras que estén operando o comiencen a operar en nuestro país, podrámenoscabar, disminuir, alterar, o diferir los derechos adquiridos de los trabajadores consignados al tenor de los artículos 1 y 2 de esta Ley, ni contrariar las disposiciones tutelares laboralesdefinidas en la Constitución Política, el Código del Trabajo, leyes especiales, reglamentos ministeriales y convenios colectivos.
Artículo 4.- La omisión o tolerancia de la violación, reducción o...
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