MODALIDADES DE LA EDUCACION CAPITULO I EDUCACION INICIAL ARTICULO 43. Definicin. Se considera educacin inicial, la que comienza desde la concepcin del nio, hasta los cuatro aos de edad procurando su desarrollo integral y apoyando a la familia para su plena formacin. ARTICULO 44. Finalidades. Son finalidades de la Educacin inicial a) Garantizar el desarrollo pleno de todo ser humano desde suconcepcin, su existencia y derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales propicias, ante la responsabilidad del Estado. b) Procurar el desarrollo psicobiosocial del nio mediante programas de atencin a la madre en los perodos pre y post-natal, de apoyo y proteccin a la familia. CAPITULO II EDUCACION EXPERIMENTAL ARTICULO 45. Definicin. La educacin experimental, es la modalidad educativa en laque sistemticamente, cualquier componente del currculum, se somete a un proceso continuo de verificacin y experimentacin para establecer su funcionalidad en la realidad educativa del pas. ARTICULO 46. Finalidades. Son finalidades de la educacin experimental a) Promover la investigacin en las distintas reas educativas. b) Fortalecer y mejorar la educacin nacional. c) Difundir en la comunidadeducativa nacional, los resultados de las investigaciones efectuadas. CAPITULO III EDUCACION ESPECIAL ARTICULO 47. Definicin. La Educacin Especial, constituye el proceso educativo que comprende la aplicacin de programas adicionales o complementarios, a personas que presente deficiencias en el desarrollo del lenguaje, intelectual, fsica y sensorial y/o que den evidencia de capacidad superior a la normal.ARTICULO 48. Finalidades. Son finalidades de la educacin especial a) Propiciar el desarrollo integral de las personas con necesidades educativas especiales. b) Promover la integracin y normalizacin de las personas discapacitadas. ARTICULO 49. El Ministerio de Educacin crear, promover y apoyar programas, proyectos y centros educativos tendientes a prevenir, atender e integrar los casos especiales.El Estado asignar y otorgar el financiamiento para el funcionamiento de la dependencia del Ministerio de Educacin encargada de la Educacin Especial. ARTICULO 50. Educacin Especial Pblica y Privada. La Educacin Especial que se imparte en centros pblicos y privados, estar sujeta a la autorizacin supervisin y evaluacin del Ministerio de Educacin, a travs de la dependencia responsable. ARTICULO 51.Orientacin y Capacitacin Ocupacional Especial. El Ministerio de Educacin, promover y apoyar la creacin de centros y programas de orientacin y capacitacin ocupacional para discapacitados, a fin de propiciar su independencia personal e integracin al medio trabajo. CAPITULO IV EDUCACION ESTETICA ARTICULO 52. Definicin. La Educacin Esttica es el proceso de formacin y estimulo de la vocacin esttica delindividuo, que en interaccin con los restantes aspectos educativos, se integra para conseguir de esta forma un resultado armnico y pleno de la personalidad. ARTICULO 53. Finalidades. Son finalidades de la Educacin Esttica a) Desarrollar la capacidad expresiva de los educandos. b) Desarrollar la capacidad creadora, como elemento integrador del proceso educativo. c) Desarrollar la sensibilidadsocial del educando como base del sentimiento de identidad, individualidad y colectividad. CAPITULO V EDUCACION A DISTANCIA ARTICULO 54. Definicin. La Educacin a Distancia es la que proporciona la entrega educativa a la persona, distante del centro de estudio, mediante la utilizacin de diversos sistemas registrados, aprobados, coordinados y supervisados por la dependencia especfica. ARTICULO 55.Finalidades. Son finalidades de la Educacin a distancia a) Brindar oportunidades de estudio en los distintos niveles educativos y de formacin, capacitacin y profesionalizacin de recursos humanos en reas especficas de trabajo. b) Facilitar los medios de enseanza para la educacin. CAPITULO VI EDUCACION BILINGE ARTICULO 56. Definicin. La Educacin Bilinge responde a las caractersticas, necesidades e...
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