Ley de Educación Nacional Guatemala
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II
LA FORMACIÓN DOCENTE
ARTÍCULO 71.- La formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y laconstrucción de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y la sociedad contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la igualdad y la confianza en las posibilidades de aprendizaje de los/as alumnos/as.
ARTÍCULO 72.- La formación docente es parte constitutiva del nivel de Educación Superior y tienecomo funciones, entre otras, la formación docente inicial, la formación docente continua, el apoyo pedagógico a las escuelas y la investigación educativa.
ARTÍCULO 73.- La política nacional de formación docente tiene los siguientes objetivos:
a) Jerarquizar y revalorizar la formación docente, como factor clave del mejoramiento de la calidad de la educación.
b) Desarrollar las capacidades y losconocimientos necesarios para el trabajo docente en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo de acuerdo a las orientaciones de la presente ley.
c) Incentivar la investigación y la innovación educativa vinculadas con las tareas de enseñanza, la experimentación y sistematización de propuestas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las experiencias escolares.d) Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza.
e) Articular la continuidad de estudios en las instituciones universitarias.
f) Planificar y desarrollar el sistema de formación docente inicial y continua.
g) Acreditar instituciones, carrerasy trayectos formativos que habiliten para el ejercicio de la docencia.
h) Coordinar y articular acciones de cooperación académica e institucional entre los institutos de educación superior de formación docente, las instituciones universitarias y otras instituciones de investigación educativa.
i) Otorgar validez nacional a los títulos y las certificaciones para el ejercicio de la docencia en losdiferentes niveles y modalidades del sistema.
ARTÍCULO 74.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Consejo
Federal de Educación acordarán:
a) Las políticas y los planes de formación docente inicial.
b) Los lineamientos para la organización y administración del sistema y los parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares.
c) Las acciones que garanticen el derecho a laformación continua a todos/as los/as docentes del país, en todos los niveles y modalidades, así como la gratuidad de la oferta estatal de capacitación.
ARTÍCULO 75.- La formación docente se estructura en dos (2) ciclos:
a) Una formación básica común, centrada en los fundamentos de la profesión docente y el conocimiento y reflexión de la realidad educativa y,
b) Una formaciónespecializada, para la enseñanza de los contenidos curriculares de cada nivel y modalidad.
La formación docente para el Nivel Inicial y Primario tendrá cuatro (4) años de duración y se introducirán formas de residencia, según las definiciones establecidas por cada jurisdicción y de acuerdo con la reglamentación de la presente ley. Asimismo, el desarrollo de prácticas docentes deestudios a distancia deberá realizarse de manera presencial.
ARTÍCULO 76.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología el Instituto Nacional de Formación Docente como organismo responsable de:
a) Planificar y ejecutar políticas de articulación del sistema de formación docente inicial y continua.
b) Impulsar políticas de fortalecimiento de las relaciones entre el sistema...
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