Ley De Mercado De Valores
La inscripción en el Registro del Mercado de Valores no implica certificación, ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia de Compañías respecto de la solvencia de las personas naturales o jurídicas inscritas, ni del precio, bondad o negociabilidad del valor o dela entidad inscrita, en su caso. La información presentada al Registro del Mercado de Valores es de exclusiva responsabilidad de quien la presenta y solicita el registro. Toda publicidad, propaganda o difusión por cualquier medio, realizada por emisores, intermediarios de valores y otras instituciones reguladas por esta Ley, deberán mencionar obligatoriamente ésta salvedad. La inscripción obliga alos registrados a difundir la información de acuerdo con las normas que para el efecto expedirá el C.N.V. Art. 20.- De la inscripción en el Registro del Mercado de Valores. Para la inscripción de un emisor y sus valores, se requerirá previamente de calificación de riesgo, excepto en los casos previstos en esta Ley. No se admitirá la inscripción de un emisor que no esté acompañada de lainscripción de un valor específico o de por lo menos uno del giro ordinario de su negocio. El C.N.V. regulará la inscripción y su mantenimiento, a fin de lograr que la información derivada de la inscripción y su mantenimiento permita al público identificar con precisión el valor o participante registrado y sus características. La Superintendencia de Compañías procederá a la inscripción correspondiente en elRegistro del Mercado de Valores en cuanto las entidades sujetas a su supervisión y control le hayan proporcionado información completa, veraz y suficiente sobre su situación jurídica, económica y financiera y hayan satisfecho, cuando correspondiere, los demás requisitos que establezca esta Ley y las normas de aplicación general que se expidan. La inscripción obliga a los registrados a difundiresta información en forma contínua y al cumplimiento permanente de las exigencias correspondientes. Todos los documentos e informaciones existentes en el Registro del Mercado de Valores estarán a disposición del público, excepto aquellos que el C.N.V. los califique como reservados. La revisión del cumplimiento de los requisitos previos a la inscripción deberá ser hecha en el término de quince...
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