Ley de urgencias
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la ley 18.469 la incorporación al Régimen de
Salud se producirá por el simplehecho de adquirirse las calidades de afiliado o beneficiario que se describen en los artículos 5° y 6° de la misma ley. Esta afiliación tiene dos características fundamentales :
a) es automática , puesse produce por el sólo ministerio de la ley, y b ) es indefinida.
Sin perjuicio de lo señalado , de acuerdo a las normas constitucionales y a lo prescrito en el artículo 1° de la Leyde Salud, tanto lo afiliados como los beneficiarios que de ellos dependan, tendrán el derecho a ingresar a una Institución de Salud Previsional, , y para ello deberán suscribir suscribir con laISAPRE un contrato de salud. La Isapre deberá comunicar al Fondo Nacional de Salud ( FONASA) el hecho de la suscripción de este contrato.
Los afiliados al régimen de salud de la ley enestudio ( 18.469) deberán aportar al FONASA
Las cotizaciones destinadas a financiar las prestaciones de salud, que establecen los decretos leyes 3500 y 3501, de 1980, o las respectivas leyes orgánicasde las entidades previsionales a las que pertenecen. (art. 7°, inciso 2°, ley 18469). Esta cotización única será del 7% de la remuneración o renta imponible del trabajador (dependiente oindependiente) , o de las pensiones en su caso. En ningún caso el Fondo Nacional de Salud podrá pactar cotizaciones superiores para otorgar las prestaciones de salud. Como veremos mas adelante, si eltrabajador dependiente o independiente, o el pensionado se afilian a una Isapre ( régimen de administración privada de salud ) pueden perfectamente pactar con ella una cotización superior, dependiendo delplan de salud al cual deseen acogerse.
Por su parte los beneficiarios de este sistema de salud , de acuerdo a lo previsto en el inciso 3° del art. 7 de la Ley de Salud, deberán...
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