Ley del iso
El pasado 22 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario de Centroamérica (Diario Oficial De Guatemala) la Ley del Impuesto de Solidaridad (ISO), que viene asustituir al Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP). La mencionada ley entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2009 (Decreto 73-2008 del Congreso de laRepública).
El Impuesto de Solidaridad será aplicado a personas individuales o jurídicas, fideicomisos, contratos de participación, sociedades irregulares, sociedades de hecho, el encargo de confianza,sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de personas extranjeras que operen en Guatemala, copropiedades, comunidades de bienes, patrimonios hereditarios indivisos y de otras formasde organización empresarial que dispongan de patrimonio propio, realicen actividades mercantiles o agropecuarias en el territorio de Guatemala y obtengan un margen bruto superior al 4% de sus ingresosbrutos.
Constituye el hecho generador del Impuesto de Solidaridad la realización de actividades mercantiles o agropecuarias en el territorio nacional por parte de las personas, entes o patrimoniosmencionados en el párrafo anterior.
El periodo impositivo es trimestral y se computará por trimestres calendario.
El tipo impositivo del mencionado impuesto es del 1 por ciento 1%.
ElImpuesto de Solidaridad y El Impuesto Sobre la Renta podrán acreditarse entre si.
El Congreso de la República Guatemalteca, emitió el decreto 73-2008 creador de Impuesto de Solidaridad, en cumplimiento delas obligaciones que le impone la Constitución Guatemalteca en materia de inversión social. Mediante el citado decreto, el Congreso dota al Estado Guatemalteco de los mecanismos que lo ayudarán amantener y fortalecer la recaudación fiscal que le permitirá contar con los recursos financieros necesarios para el financiamiento de programas de inversión social.
El Decreto 73-2008 fue declarado...
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