Ley Federal de Derechos
Artículo 186.- Se pagarán derechos por los servicios que presta la Secretaría de Educación Pública, conforme a las siguientes cuotas:
XV.- Inspección y vigilancia deestablecimientos educativos particulares,
por alumno inscrito en cada ejercicio escolar:
a). De educaciónsecundaria........................................................................ $29.00
b). De educación primaria............................................................................ $ 6.41
Ley General de Educación.
CAPITULO V
DE LA EDUCACION QUE IMPARTAN LOSPARTICULARES
Artículo 54.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. Por lo que concierne a la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demáspara la formación de maestros de educación básica, deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del Estado, tratándose de estudios distintos de los antes mencionados podránobtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.
La autorización y el reconocimiento serán específicos para cada plan de estudios. Para impartir nuevos estudios se requerirá, según el caso, laautorización o el reconocimiento respectivos.
La autorización y el reconocimiento incorporan a las instituciones que los obtengan, respecto de los estudios a que la propia autorización o dichoreconocimiento se refieren, al sistema educativo nacional.
Artículo 55.- Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:
I.- Conpersonal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21;
II.- Con instalaciones que satisfagan lascondiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento, y...
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