ley organica
La Ley Orgánica de Educación es la actual ley orgánica estatal que regula las enseñanzas educativas en España en diferentes tramos de edades.
Contexto
Actualmente, España se sitúa en el puesto 26 en desarrollo educativo, por debajo de casi todos los países de la Unión Europea, según el informe "Educación para todos" elaborado por la Unesco. Estos informesdan el resultado de los últimos diez años.[cita requerida] Su enseñanza es obligatoria hasta la ESO, es decir,hasta tener los 16 años. Es posible, además, estudiar hasta el Bachiller y hacer unos estudios universitarios a elegir del estudiante.
Características
Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de mayo de 2006. Su nombre oficial es: "Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación".Esta ley establece en su preámbulo que tiene como objetivo adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual en España (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de idiomas, artísticas, deportivas, de adultos) bajo los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad que garantice la igualdad deoportunidades, la transmisión y efectividad de valores que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia, etc.
En el Congreso de los diputados fue aprobada con el voto afirmativo de PSOE Partido Socialista Obrero Español, CiU Convergència i Unió, ERC Esquerra Republicana de Catalunya, PNV Partido Nacionalista Vasco (Euzko Alderdi JELtzalea), ICV, CCCoalición Canaria y EA Eusko Alkartasuna, el voto en contra del PP Partido Popular y la abstención de IU Izquierda Unida, BNG Bloque Nacionalista Galego, ChA y NB Nafarroa Bai.
La ley trata sobre organizar los contenidos de algunas asignaturas para que parte de ellos se den sólo en 1º y 3º de ESO (o sólo en 2º y 4º) para integrar otras asignaturas en su lugar.
Efectos jurídicos
La LOE tiene importantesconsecuencias en el ordenamiento jurídico español; las más relevantes son:
DEROGA
1. LEY 14/1970, de 4 de agosto.
2. LEY ORGÁNICA 1/1990, de 3 de octubre.
3. LEY ORGÁNICA 9/1995, de 20 de noviembre.
4. LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre.
5. LEY 24/1994, de 12 de julio.
MODIFICA 1. Los arts. 4, 5.5, 6 a 8, 25, 31, 56.1, 57 y 62 de la LEY ORGÁNICA 8/1985, de 3 de julio. 2. El art.29.2 de la LEY 30/1984, de 2 de agosto.
DECLARA la vigencia de la LEY 12/1987, de 2 de julio.
Clases de centros escolares
El texto de esta Ley prevé la existencia de centros de educación públicos, centros de educación privados y centros de educación privados-concertados. Los centros de educación privados concertados son centros creados por iniciativa de la sociedad civil pero sostenidos confondos públicos. Estos centros responden a la exigencia constitucional (artículo 27.1 de la Constitución Española) de libertad de enseñanza, es decir, de la libertad de los padres de familia de elegir el tipo de escuela a la que quieren que asistan sus hijos, para la cual es imprescindible superar los obstáculos económicos para una elección libre.
La financiación de la libertad de enseñanza confondos públicos puede ser realizada de diversas maneras: La ayuda directa a las familias a través del denominado Cheque Escolar, el pago del salario de los profesores de los centros educativos no estatales, entre otros. El modelo recogido por la LOE mediante los conciertos educativos es este último: financiar el sueldo de los docentes.
Las dimensiones de esta ayuda es diversa dependiendo de latradición y cultura jurídica de cada país. En este contexto, el caso de España -según el último informe de la OCDE- sitúa este país en el grupo de países europeos con una menor inversión en la escuela no-estatal, ya que se dedica el 84,6% del presupuesto público a la educación en la escuela estatal, y el 15,4% restante a ayudas a las escuelas concertadas.
Aspectos polémicos
En un país con una fuerte...
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