leyes de penitenciarios en venezuela
Gaceta Oficial No. 36.975 del 19/06/2000
Artículo 1.
Corresponde al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, la organización y el funcionamiento de los centros de cumplimiento de pena privativas de la libertad y los servicios que le son inherentes.
El tribunal de ejecución velará por el correcto cumplimiento del régimenpenitenciario
Comentario:
Colide con el Art. 272 de la Constitución, ya que esté ordena que la Administración penitenciaria será descentralizada a cargo de los Gobiernos Estadales o Municipales.
Concordancia:
Artículo. 479 del Código Orgánico Procesal Penal
Artículo 2.
La reinserción del penado constituye el objetivo fundamental del período de cumplimiento de pena.
Durante el período decumplimiento de la pena deberán respetarse estrictamente todos los derechos inherentes a la persona humana consagrados en la Constitución y leyes nacionales, tratados, convenios, acuerdos internacionales suscritos por la República, así como los derivados de su particular condición de condenado.
Los tribunales de ejecución ampararán a todo penado en el goce y ejercicio de los derechos individuales,colectivos y difusos que le correspondan de conformidad con las leyes.
Concordancia:
Artículos. 43 272 y 280 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Artículo 3.
Las penas privativas de la libertad se cumplirán en las penitenciarias, cárceles nacionales y otros centros penitenciarios o de internación bajo cualquier denominaciónque existan, se habilitaren o crearen para ese fin.
Concordancia:
Artículos 9, 12 y 14 del Código Penal Venezolano.
Artículo 4.
Las disposiciones de la presente Ley serán aplicadas a los condenados a penas privativas de la libertad por sentencia definitivamente firme, es decir, aquella contra la cual se hayan agotado o no sean procedentes los recursos ordinarios o extraordinarios quedetermine la Ley. Tal efecto el Tribunal de Ejecución deberá enviar al Ministerio del Interior y Justicia y al establecimiento que corresponda, copia de la sentencia con inserción del auto de ejecución.
Comentario:
Este artículo determina aquellos sujetos a los cuales es aplicable la Ley.
Artículo 5.
El Ministerio de Interior y Justicia, así como el propio penado o su defensor podrá solicitar aljuez de ejecución revisar el cómputo practicado en el auto de ejecución en caso de error o nuevas circunstancias que lo modifiquen.
Concordancia:
Artículo. 482 del Código Orgánico Procesal Penal
Artículo 6.
Las disposiciones de la presente Ley, serán aplicadas a los penados sin diferencia ni discriminación alguna, salvo las derivadas de los tratamientos individualizados a que seansometidos.
Se prohíbe someter a los penados a tortura y cualquier trato cruel, inhumano o degradante, así como el empleo de medios de coerción que no sean permitidos por la Ley. Cualquier disposición dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en la Ley.
Concordancia:
Artículos 29, 43 y 46 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 1 y 5 de la Declaración Universal deDerechos Humanos, 5 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 7 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Artículo 7.
Los sistemas y tratamientos serán concebidos para su desarrollo gradualmente progresivo, encaminados a fomentar en el penado el respeto a sí mismo, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y la voluntad de vivir conforme a la Ley.Comentario:
El tratamiento penitenciario, tiene como fin la rehabilitación del penado y su futura reinserción social, lo que implica la necesidad de abordar durante el mismo, la creación de valores cuando estos no existan y el fortalecimiento de los existentes, teniendo especial interés la convivencia social y el estado de derecho, para lograr este propósito se involucrara al penado en...
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