Manual de operaciones de rentas fijas e intermediación financiera
M A N U A L D E O P E R A C I O N E S
D E I N S T R U M E N T O S D E R E N T A F I J A
E I N T E R M E D I A C I O N F I N A N C I E R A
Aprobado y rige a contar del
1° de junio de 1987
BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO
BOLSA DE VALORES
Actualizado al 28 deoctubre de 2011
I N D I C E
SECCION A: NORMAS APLICABLES PAGINA
TITULO I: Definiciones y Normas Generales 10.200
TITULO II: De las Operaciones en Rueda - De los Remates 10.300
TITULO III: De las Operaciones Fuera de Rueda 10.400
TITULO IV: De la Corrección y Anulación de Operaciones 10.400
en Rueda y Fuera de Rueda
TITULO V: De la Liquidación de las Operaciones enRueda 10.400
y Fuera de Rueda.
TITULO VI: De las Responsabilidades 10.500
TITULO VII: De la Información que entrega la Bolsa 10.600
TITULO VIII: Derechos de Bolsa 10.600
10.200
MANUAL DE OPERACIONES DE INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA
E INTERMEDIACION FINANCIERA
SECCION A: NORMAS APLICABLES
TITULO I: Definiciones y Normas Generales
ART. 1° : La presente sección tienepor objeto establecer las normas generales que rigen la operación de instrumentos de renta fija (IRF) e intermediación financiera (IIF).
ART. 2°: Para los efectos del presente manual y de la operatoria bursátil se entiende por:
IRF a aquellos valores representativos de obligaciones, de emisión seriada, generalmente emitidos a plazos superiores a un año y reajustables en función de algúníndice o unidad (IPC, UF, US$, etc.). Los IRF comprenden las letras de crédito hipotecario (LH), debentures, bonos bancarios y bonos emitidos por el Estado (PRT, CAR, Bonos CORA, PDP, PPS, etc.)
IIF a los efectos de comercio, pagarés y certificados de depósitos bancarios o de sociedades financieras, que correspondan a emisiones no seriadas, de carácter único, generalmente emitidos a plazosinferiores a un año. También incluye los pagarés descontables que emita el Banco Central u otros organismos públicos, para efectuar operaciones de mercado abierto, con la exclusión de los instrumentos de emisión seriada a plazos superiores a un año.
ART. 3°: En Bolsa podrán ser transados todos aquellos instrumentos de renta fija e intermediación financiera que cumplan con uno de los siguientesrequisitos:
a) Estén inscritos en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros.
b) Sean emitidos o garantizados por el Estado, por las instituciones públicas centralizadas o descentralizadas y por el Banco Central de Chile.
c) Sean emitidos por Bancos e Instituciones Financieras autorizadas.
d) Cualquier otro título transferible de crédito o de inversión que se adecue a lasdefiniciones de IRF e IIF.
Sin perjuicio de lo anterior, las letras de cambio, pagarés y otros valores mercantiles, podrán ser operados o intermediados por los corredores cumpliendo los requisitos legales y los del presente Manual, sin necesidad de inscripción en bolsa, cuando el Directorio así lo acuerde de conformidad a la reglamentación vigente.
ART. 4°: La inscripción oficial de un IRFdeberá solicitarse al Directorio de la Bolsa, el que podrá delegar la autorización y registro. La inscripción se efectuará una vez que el emisor proporcione todos los antecedentes que permitan una correcta identificación del instrumento.
La inscripción de IIF se hará mediante su simple registro, salvo en aquellos instrumentos en que la Bolsa indique un tratamiento especial.
Losprocedimientos de inscripción de IRF e IIF no se incluyen en su totalidad en este manual, detallándose en el Manual de Derechos y Obligaciones de Emisores.
l0.300
ART. 5°: El Directorio de la Bolsa autorizará expresamente las operaciones de IRF e IIF, inscritos o no en Bolsa, que pueden efectuar los corredores, en rueda o fuera de ella.
ART. 6°: Son operaciones en rueda aquellas que se...
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