marco referencial
3.2 MARCO NORMATIVO LEGAL
3.2.1 constitución política 1991
Articulo 67
La educación es un derecho a la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella sebusca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás vienes y valores de la cultura. La educación formara al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a lademocracia; y en la práctica del trabajo y a la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológica y para la protección de ambiente.el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoriaentre los 5 y 15 años de edad y que comprenderá como mínimo un año de prescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del estado, sin perjuicio del cobro dederechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
Corresponde al estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de susfines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento de servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso ypermanencia en el sistema educativo.
La nación y las entidades territoriales participaran en la dirección, financiación y administración a los servicios educativos estatales, en los términos que señalen laconstitución y la ley.
3.2.2 ley general de Educación 115 de 1994. Artículo 1. “la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepciónintegral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos humanos y sus deberes.
ARTICULO 5o. Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación...
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