Marruecos

Páginas: 31 (7550 palabras) Publicado: 12 de junio de 2012
INSTRUMENTO de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y el
Reino de Marruecos para evitar la doble imposición en materia de impuestos
sobre la renta y sobre el patrimonio y Protocolo anejo, firmado en Madrid el
10 de julio de 1978, así como el Canje de Notas de 13 de diciembre de 1983 y
7 de febrero de 1984 modificando el párrafo 3 del artículo 2.º de dicho
Convenio. (“BoletínOficial del Estado” de 22 de mayo de 1985.)
JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 10 de julio de 1978 el Plenipotenciario del Reino de España firmó en
Madrid, juntamente con el Plenipotenciario del Reino de Marruecos, nombrados ambos
en buena y debida forma al efecto, el Convenio entre el Gobierno del Reino de España y
el Gobierno del Reino de Marruecos para evitar la doble imposiciónen materia de
impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio;
Vistos y examinados los 29 artículos del Convenio, su Protocolo anejo y el Canje de
Notas modificando el párrafo 3 del artículo segundo de dicho Convenio;
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución;
Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud delpresente lo
apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe
puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando
expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y
refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores.
Dado en Madrid a cuatro de diciembre de mil novecientos ochenta ycuatro. -JUAN
CARLOS R.- El Ministro de Asuntos Exteriores, Fernando Morán López.

1

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DEL
REINO DE MARRUECOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN MATERIA DE
IMPUESTOS SOBRE
LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO
PREÁMBULO
EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA y EL GOBIERNO DEL REINO DE
MARRUECOS
Deseando evitar la doble imposición en materia deImpuestos sobre la Renta y el
Patrimonio, han convenido, a tal efecto, las disposiciones siguientes:
Artículo 1
ÁMBITO SUBJETIVO
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados
Contratantes.
Artículo 2
IMPUESTOS COMPRENDIDOS
1 El presente Convenio se aplica a los Impuestos sobre la Renta y sobre el
Patrimonio exigibles por cada uno de los EstadosContratantes y sus Entidades locales,
cualquiera que sea el sistema de su exacción.
2 Se consideran impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio los que gravan la
totalidad de la renta o del patrimonio o algún elemento de la renta o del patrimonio,
incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes
muebles o bienes inmuebles, sobre el impuesto total de los sueldos osalarios pagados
por las empresas (con exclusión de las cotizaciones a la Seguridad Social), así como los
impuestos sobre las plusvalías.
3

Los impuestos actuales a los que concretamente se aplica el presente artículo son:

En lo que se refiere a Marruecos:
1º El impuesto sobre los beneficios profesionales y la reserva de inversión (“L’impôt
sur les bénefices professionnels et la réserved’investissement”).
2º El impuesto sobre los sueldos públicos y privados, dietas y emolumentos, salarios,
pensiones y rentas vitalicias (“Le prélèvement sur les traitements publics et privés, les
indemnités et émoluments, les salaires, les pensiones et les rentes viagères”).
3º La contribución urbana y las contribuciones relacionadas con ella (“La taxe urbaine
et les taxes y rattachées”).
4ºEl impuesto agrícola (“L’impôt agricole”).
5º La contribución complementaria sobre la renta global de las personas físicas (“La
contribution complémentaire sur le revenu global des personnes phisiques”).
6º El impuesto sobre los productos de las acciones o partes sociales y rentas
asimiladas (“La taxe sur les produits des actions ou parts sociales et revenus assimilés”).
7º El impuesto de...
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