Mediación

Páginas: 5 (1100 palabras) Publicado: 19 de abril de 2011
"La mediación no es para ganar tiempo"
Por Dr. Enrique Cárrega

Antes de comenzar a comentar el fallo “XEROX ARGENTINA S.A. c/INASA EXPRESS S.A. s/Ordinario”, por el cual la Sala B de la Cámara Nacional en lo Comercial resolvió acertadamente no reabrir el trámite de mediación por falta de ánimo conciliador entre las partes, debemos introducirnos en la temática de la mediación y susfinalidades, y así coincidir con el fallo en cuestión.Primeramente, debemos tener en claro que la mediación tiene por fin fundamental resolver situaciones conflictivas, en aras de la paz y felicidad social. No presupone un proceso propiamente dicho, sino que dirime los conflictos privadamente (o al menos intenta dirimirlo) con el objeto de evitar la sustanciación del proceso judicial posterior, y la agilidady celeridad para alcanzar el fin o resolución de la contienda conflictiva.Debido a la ausencia de la figura del juzgador para interferir en el diferendo, son los interesados quienes se transforman en amos y señores exclusivos de sus decisiones sin ningún tipo de injerencia exterior o ajena a su voluntad.Y a esa decisión finalista por poner fin a sus diferencias a las que arriban las partes,podríamos atribuirla como un producto de reflexión personal y privado de las mismas, sin el concurso de ninguna autoridad externa que obligatoriamente disponga quién es el vencedor o el vencido.La finalidad de la mediación ha quedado claramente definida en el fallo “FEMESA C/Sucesores de Rubén Castro Aniles”, de la Sala H de la CNCiv., del 21/04/97, en donde se estableció que “...el procedimiento demediación ha sido impuesto como paso previo a la promoción de la litis para proporcionarle a las partes un espacio en donde puedan, en forma rápida y sencilla, resolver sus conflictos antes de la instancia judicial, cualquiera que ella sea...”.-

Para introducirnos en el tema que nos compete, o sea en la decisión judicial de no reabrir una mediación por inexistencia de ánimo conciliador entre laspartes, podemos apreciar que la jurisprudencia se encuentra a favor de esta postura. Así lo ha dictaminado la Sala D de la CNCom., en el fallo “ Sánchez, Roberto L. c/Lamartine S.A.”, en el cual se estableció que “...Si se inició demanda sumaria contra una sociedad anónima y sus directores, los cuales opusieron la excepción de falta de legitimación activa, con fundamento en no haberse observado eltrámite de la ley 24.573, es procedente revocar la resolución de 1º instancia que indicó al pretensor instar el trámite de mediación dentro del plazo del art. 9 de la ley 24.573, pues un criterio realista conduce a no imponer “ahora” una instancia extrajudicial que debió ser previa –con la consecuente paralización de las actuaciones-, cuando ella no ha sido concretamente solicitada por nadie, enla causa ha sido contestada la demanda, y de los términos en que quedó trabada la litis no resulta ánimo conciliatorio alguno por parte de los actuantes...”.En el fallo anteriormente citado, vemos que, aunque no se cumplió con el requisito de mediación previa establecido por ley con respecto a unos codemandados, al no existir el ánimo conciliatorio de las partes (lo cual surge de los términos dela demanda y de la contestación de la misma), el Tribunal consideró que no es válido posteriormente realizar la mediación, ya que al no existir voluntad conciliatoria, acceder a dicha petición solamente dilataría el proceso ya iniciado.Reviste fundamental importancia tener siempre presente que la mediación requiere inexorablemente la existencia del proceso judicial, al que no sustituye, de modo talque si el mediador no lograra que las partes llegaran a un acuerdo, éstas no tendrán más remedio que litigar judicialmente, y será el Juez quien decida la solución al conflicto Es allí (en el proceso judicial) en donde se utilizan los métodos adversariales, y estos métodos necesariamente profundizan la disputa que les da origen, porque se apoya en la confrontación absoluta, siendo entonces muy...
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