Militar
Personal y bienes sanitarios y religiosos
Norma 25. El personal sanitario exclusivamente destinado a tareas médicas será
respetado y protegido entodas las circunstancias. Perderá su protección si, al margen de su función humanitaria, comete actos perjudiciales para el enemigo. [CAI/CANI]
Norma 26. Queda prohibido castigar a alguien por realizartareas médicas conformes con la deontología u obligar a una persona que ejerce una actividad médica a realizar actos contrarios a la deontología. [CAI/CANI]
Norma 27. El personal religiosoexclusivamente destinado a actividades religiosas será respetado y protegido en todas las circunstancias. Perderá su protección si, al margen de su función humanitaria, comete actos perjudiciales para elenemigo. [CAI/CANI]
Norma 28. Las unidades sanitarias exclusivamente destinadas a tareas sanitarias serán respetadas y protegidas en todas las circunstancias. Perderán su protección si se utilizan, almargen de su función humanitaria, para cometer actos perjudiciales para el enemigo.[CAI/CANI]
Norma 29. Los medios de transporte sanitarios exclusivamente destinados al transporte sanitario seránrespetados y protegidos en todas las circunstancias. Perderán su protección si se utilizan, al margen de su función humanitaria, para cometer actos perjudiciales para el enemigo. [CAI/CANI]
Norma 30. Quedanprohibidos los ataques directos contra el personal y los bienes
sanitarios y religiosos que ostenten los signos distintivos estipulados en los Convenios de Ginebra de conformidad con el derechointernacional. [CAI/CANI]
Personal y bienes de socorro humanitario
Norma 31. El personal de socorro humanitario será respetado y protegido. [CAI/CANI]
Norma 32. Los bienes utilizados para las accionesde socorro humanitario serán
respetados y protegidos. [CAI/CANI]
Personal y bienes de las misiones de mantenimiento de la paz
Norma 33. Queda prohibido lanzar un ataque contra el personal y...
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