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EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
DEMANDANTE: MARIAJOSE CHAVEZ HERNANDEZ
ABOGADO: ROBERTO HERNANDEZ BAZAN.
DEMANDADO: KEIDER ARNALDO GARCIA PRADO.
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA:DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 54.070.
Sustanciado como fue la presente causa, se procede a dictar el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes términos:
I
NARRATIVA.
Por escrito presentado en fecha 16 de Noviembre de 2007, por el abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 22.270y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIAJOSE CHAVEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad número V-18.866.501, introdujo formal demanda de DIVORCIO, contra el ciudadano KEIDER ARNALDO GARCIA PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad númeroV-16.112.649 y de éste domicilio, fundamentando su acción en las Causales Segunda y Tercera del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente.
Recibida por distribución, se le dio entrada en fecha 19 de Noviembre de 2.007, bajo el No. 54.070; fue admitida en fecha 27 de noviembre de 2.007, se ordenó el emplazamiento de las partes, se acordó la citación de la partedemandada y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público en materia de Familia.
En fecha 05 de diciembre de 2.007, el abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, en su carácter de autos, consignó copias para la elaboración de la compulsa.
En fecha 12 de diciembre del 2007, se acordó librar la compulsa respectiva.
En fecha 15 de Enero de 2.008, el Alguacil Suplente delTribunal ciudadano DANIEL MEDINA, consigno Boleta de Notificación de la Fiscal Vigésima Primera (XXI) en materia de Familia, del Ministerio Público.
Las diligencias conducentes a la citación personal del Accionado, se cumplieron y de las mismas se desprende que se dio cumplimiento a lo previsto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, es decir Citación por Carteles, y no habiendocomparecido el demandado ni personalmente asistida de Abogado, ni por medio de Apoderado alguno, se le designó como Defensor Judicial a la Abogada ZULIA GONZALEZ MARMOL, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 48.971 y de éste domicilio, quien fue notificada y citada en su oportunidad.
Por diligencia de fecha 06 de Febrero de 2009, la Abogada, ZULIA GONZALEZ MARMOL, aceptó el cargo de defensorAD-LITEM, para la cual fue designada y Juró fielmente cumplir con todas las obligaciones inherentes a dicho cargo.
Oportunamente se realizó el Primer acto conciliatorio del Juicio en fecha 13 de abril de 2009, con la presencia de la parte demandante, y su Abogado Asistente y la Defensora Ad-Litem designada en la presente causa.
En fecha 01 de junio de 2009, se celebró oportunamente, elsegundo Acto Conciliatorio con la presencia del demandante y su Abogado Asistente; asimismo estuvo presente la Defensora Ad-Litem de la parte demandada, abogada ZULIA GONZALEZ MARMOL. En virtud de establecido en el articulo 757 del Código de Procedimiento Civil, la parte demandante insistió en continuar con la presente causa.
Por diligencia de fecha 09 de junio de 2009, elApoderado de la parte Actora, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, y siendo la oportunidad legal para que tuviera lugar el acto de contestación a la demanda, ratificó en todas y cada una de sus partes, el líbelo de demanda, e insistió en continuar con la misma.
Por...
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