Normativa Valvula Regulador
Sustitución del Sistema Válvula - Regulador de acuerdo a NTP 360.009 y DS N° 065-2008-EM.
Desde el DS 01-94 EM año 1994 en el artículo 56° seconsidero que los cilindros y Sistema Válvula - Regulador debían de cumplir con las Norma Técnicas vigentes al momento de su fabricación lo que fue normado dando como plazo de cumplimiento abril del año1999
En diciembre del año 2008 aprueban DS No. 065-2008-EM que modifica el Reglamento de Seguridad para instalaciones y Transporte de GLP (DS No. 027-94-EM) considerando en el Art. 21 laObligatoriedad de contar con válvulas de paso y reguladores cambio previsto para el año 1999, determinando que el Osinergmin elabore un cronograma de cumplimiento del cambio
Consideramos que el MEM, en el marcode sus competencias, ha encontrado en este reemplazo de válvulas la mejor opción desde el punto de vista de seguridad
Estando las empresas envasadoras dispuestas a cumplir a pesar que lainversión a realizar tiene diferentes matices como es el hecho que
• Las válvulas con logo que se cambien para colocarlas en balones de otra marca serán fiscalizadas? Existe normativa al respecto?• Las válvulas
• ¿Qué pasará cuando se encuentren balones con las válvulas cuyos datos en bajo relieve hayan sido borrados (esmerilados, limados) por la competencia desleal?
• Tenemosproveedores de válvulas con la suficiente capacidad de producción que pueda soportar la sustitución?
ES IMPOSIBLE cumplir en tanto el usuario no tenga el regulador para efectuar el cambio es decirhay una exigencia de cumplimientos en plazos que determino el Organismo Regulador, en merito a una norma dada por el ministerio de Energía y Minas, sin embargo en este cambio no solo participan lasenvasadoras sino también el usuario ya que el cambio se efectuara en tanto el mercado requiera el balón con la válvula que se adapte al regulador adecuado, inversión que también tendría que hacer el...
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