OFERTA
Código Civil de Vélez Sarsfield
Código Civil y Comercial
DESTINATARIOS
Art 1148 Debía estar dirigida a persona/s determinadas.
La doctrina admitía la oferta a persona determinable por unmedio determinado en la oferta.
Si esto no ocurría se consideraban invitaciones a ofertar o incitaciones al público para que se realicen ofertas (personas indeterminadas).
Art. 972 Dirigida a personadeterminada o determinable (positiviza el criterio doctrinario).
Art. 973 Si la oferta es dirigida a personas indeterminadas:
-Regla: se considera invitación a ofertar (oferta al publico).
-Excepción:si de sus términos o de las circunstancias de su emisión resulte la intención de contratar del oferente (se la considera oferta). En este caso se la entiende emitida por el tiempo y en lascondiciones admitidas por los usos (positiviza la doctrina de Brebbia).
COMPLETITIVIDAD
Art. 1148 Se establece como requisito que esta se refiera a un contrato especial (tipo) con todos sus elementosconstitutivos. Es decir que la oferta debía ser suficientemente para que la otra parte emita sin más la aceptación (doctrina)
Art. 972 se establece que la oferta debe contener las precisiones necesarias paraestablecer las ofertas que debe producir de ser aceptada.
OBLIGATORIEDAD
Art. 1150 Regla: No obligatoriedad de la oferta.
Excepción: ofertas a término y ofertas irrevocables.
La doctrina (Brebbia)consideraba que sin embargo la oferta simple debería ser mantenida por un tiempo razonable en virtud de la aplicación del principio de la Buena Fe Contractual.
Cuando el acuerdo es entre ausentes, serecepta una teoría mixta, sobre la base de la teoría de la emisión (juzga perfeccionado el consentimiento cuando la aceptación es enviada al proponente- regla art. 1154), a la vez que moderó el rigor desus consecuencias con soluciones tomadas de la teoría de la información (con motivo de la caducidad de la oferta por muerte o incapacidad del proponente, se toma en cuenta el conocimiento de la...
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