Oposicionismo al Registro
Abrir cuenta a un cliente es una facultad de las entidades bancarias, y se pueden abrir a personas físicas o jurídicas.
En la apertura de una cuenta la entidad bancaria comprueba laidentidad de la persona que pretende abrirla y ya que solo está capacitada para abrir una cuenta las personas que tienen capacidad de obrar.
La capacidad de obrar plena la tienen las personasmayores de edad. Los menores de edad tienen muy limitada esa capacidad siendo los padres o tutores los representantes legales del menos. Además podemos encontrar con situaciones de declaración judicial deincapacidad.
Capacidad para contratar
- Personas Físicas:
a) Menores no emancipados (no pueden contratar una cuenta corriente)
b) Menores emancipados
c) Mayores de edad
d) Incapacitadoslegalmente, con representante legal
e) Cónyuges
- Personas Jurídicas
Identificación
- Personas Físicas: NIF, número de identificación fiscal
- Personas Jurídicas: CIF, copia escritura deconstitución y de apoderamiento, esta documentación se utiliza para verificar que las personas que actuarán en nombre de la empresa ante la entidad bancaria tienen capacidad para hacerlo.CLASES DE CUENTAS CORRIENTES
Las cuentas corrientes de depósito se pueden clasificar según diversos criterios.
I. Según sus titulares:
Individual: abierta a nombre de un solo titular.
Conjunta: cuandohay dos o más titulares, exigiéndose que cualquier acto deba ser realizado conjuntamente por todos los titulares, exigiendo la entidad la firma de todos ellos.
Indistinta: cuando hay dos o más...
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