Plan de seguridad y salud de contratistas
El plan de seguridad y salud en el trabajo es el documento o conjunto de documentos elaborados por el contratista ajustables en el tiempo, que coherentes con el proyecto ypartiendo de un estudio o estudio básico de seguridad y salud adaptado a su propio sistema constructivo, permite desarrollar los trabajos en las debidas condiciones preventivas. Al plan se pueden incorporar,durante el proceso de ejecución, cuantas modificaciones sean necesarias.
Es importante que el contratista tenga en cuenta para la elaboración del plan que el plazo de ejecución previsto en elproyecto se ha estimado considerando la aplicación de los principios generales de prevención del artículo 15.1 de la LPRL. Por tanto, cualquier modificación de este plazo contemplada en el citado plan deberárespetar estos principios.
En la elaboración del plan se deberá tener en cuenta:
• El proyecto.
• El estudio o estudio básico.
• El plan de prevención del contratista y de sus subcontratistas.
•Los procedimientos de ejecución del contratista y de sus subcontratistas.
• Las condiciones expresas de la obra.
En el caso de que el promotor contrate la ejecución de la obra con varioscontratistas cada uno de éstos deberá elaborar un plan de seguridad y salud -según se especifica en este apartado- por lo que para una misma obra pueden existir múltiples planes. En tales circunstancias esnecesario detectar y, en su caso, eliminar las posibles contradicciones, interferencias e incompatibilidades entre los mismos relacionadas con los métodos de trabajo, las actividades coincidentes enespacio y tiempo, la utilización de equipos y productos, etc.
Tal y como se indica en este apartado, en el plan se analizan, estudian, desarrollan y complementan las previsiones contenidas en el estudio.Ello es imprescindible porque sólo el contratista conoce exactamente el sistema mediante el cual se va a ejecutar la obra. Por esta razón es muy difícil que el contenido del plan pueda coincidir de...
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