Poder especial
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE LA MESA (REPARTO)
E.S.D
REF. Liquidación de Sucesión Intestada de:
ANDRÉS PÉREZ GIL y SANDRA PÉREZ GIL mayores de edad, domiciliados en esta ciudad, identificados como aparece al final al pie de nuestras correspondientes firmas, obrando en nuestro propio nombre y representación como herederos legitimarios del causante ROBERTO GIL ESPINOSA conferimospoder especial, amplio y suficiente a la Dr. DIANA PULIDO DÍAZ, abogada en ejercicio identificada con C.C No. 52.759.428 expedida en Bogotá y portadora de la T.P No. 050283 del Consejo Superior de la Judicatura, para que actúe como nuestro mandatario judicial en el Proceso de Liquidación de la Sucesión Intestada del causante ROBERTO GIL ESPINOSA, quien en vida se identificó con la C.C No. 41.463.832 yque actualmente cursa en su despacho.
Nuestro apoderado queda facultado para solicitar el reconocimiento como herederos legitimarios, realizar el inventario y avalúo de los bienes relictos, recibir, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir y todo cuanto en derecho sea necesario para el cabal desempeño del presente mandato en los términos del Art. 70 del Código de Procedimiento Civil.Igualmente manifestamos que aceptamos la herencia con beneficio de inventario.
Sírvase señor juez reconocer personería a nuestro mandatario judicial.
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C.C No. 51.756.980 C.C No.52.563.978
ACEPTO------------------------------------------------
C.C No. 52.759.428 expedida en Bogotá
T.P No. 050283 del C. S de la Judicatura
PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA
Presentado a :
Dr. José Ignacio Adarme Rodríguez
Presentado por :
Diana Pulido Díaz
Cod. 6001010828
Asignatura :
Sucesiones
UNVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DEDERECHO
ABRIL 12 DE 2.011
DEMANDA DE APERTURA DE SUCESIÓN Señor:Juez de Familia del circuito de BogotáE.S.D. Señor Juez: DIANA PULIDO DÍAZ mayor de edad, domiciliada y residente en este municipio, abogada inscrita, con cédula de ciudadanía número 52.759.428 expedida en Bogotá y tarjeta profesional de abogada número 050283 en ejercicio del mandato judicial que me confirieron sushijos ANDRÉS PÉREZ GIL y SANDRA PÉREZ GIL mayores de edad, domiciliados y residentes en Bogotá demando ante usted la apertura del proceso de sucesión de ROBERTO GIL ESPINOSA conforme a los siguientes: hechosEl señor ROBERTO GIL ESPINOSA falleció en esta ciudad el día veinte (20) de febrero de 2.011 fecha en que se defirió la herencia a sus herederos.El causante, señor ROBERTO GIL ESPINOSA contrajomatrimonio civil con la señora ANA DÍAZ DUARTE (fallecida) el primero (1) de enero de mil novecientos sesenta y siete (1967 ), en Bogotá como aparece en la copia del registro civil de matrimonio autorizado en la Notaría Quinta del Círculo de Bogotá.Los cónyuges ROBERTO GIL ESPINOSA y ANA DÍAZ DUARTE procrearon dos hijos legítimos ANDRÉS PÉREZ GIL y SANDRA PÉREZ GIL quienes me confirieronpoder para representarlos.El señor ROBERTO GIL ESPINOSA no otorgó testamento.Los bienes sucesorales, que describiré adelante, están ubicados en este municipio.Sus hijos los señores ANDRÉS PÉREZ GIL y SANDRA PÉREZ GIL me otorgaron poder para representarlos en este proceso y realizar la partición de bienes con fundamento en los anteriores hechos y en las normas legales que adelante invocaré, le pidohacer estasDeclaracionesQue se declare abierto el proceso de sucesión del señor ROBERTO GIL ESPINOSA cuya herencia se defirió el día de su fallecimiento que ocurrió en esta ciudad donde tuvo su último domicilio.Los señores ANDRÉS PÉREZ GIL y SANDRA PÉREZ GIL mayores de edad y residentes en Bogotá, como hijos legítimos del de cujus tienen derecho a intervenir en el presente proceso y en...
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