Practicante Ingeniería
Acometida: Conductores de acometida que
conecta la red del suministrador al alambrado
del inmueble a servir.
ARTICULO 230‐ACOMETIDAS
230‐2. Número de acometidas
A. Disposiciones generales
a) Número. Un edificio u otra estructura a la que se suministre energía
eléctrica debe tener sólo una acometida.
Excepción 1:Cuando se requiera una acometida independiente para bombas
contra incendios.
Excepción 2: Para sistemas eléctricos de emergencia, de reserva
legalmente obligatorios, de reserva opcionales o sistemas generadores en
paralelo, que requieran una acometida independiente.
Excepcion 3: En edificios con ocupacion multiple. Por permiso especial, en
edificios con ocupacion multiple cuando no haya espacio suficiente para equipo de acometida accesible a todo ellos
Excepcion 4: Por capacidad. Se permite dos o mas acometidas
A. Cuando se requiera una capacidad de mas de 2000 A, una tensión
Cuando se requiera una capacidad de mas de 2000
una tensión
electrica de alimentación de 600 V o menos
B. Cuando los requisitos de carga de una instalación monofásica sean superiores a los que la compañía eléctrica suministra normalmente a través de una sola acometida.
.
C. Por permiso especial
Excepción 5: Edificios de gran superficie. Por permiso especial, en un
solo edificio u otra estructura suficientemente grande como para
necesitar dos o más acometidas.
Excepción 6: Para distintas características, por ejemplo distintas tensiones
eléctricas, frecuencias o fase230‐3. Un edificio u otra estructura no debe estar alimentado desde otro.
Los conductores de acometida de un edificio u otra estructura no deben pasar a través
del interior de otro edificio o estructura.
230‐6. Conductores considerados fuera del edificio.
Se debe considerar que los conductores están fuera de un inmueble u otra estructura
en cualquiera de las siguientes circunstancias:(1)
si están instalados no menos de 50 mm de concreto por debajo del inmueble u otra
estructura;
(2)
si están instalados en un edificio u otra estructura en una canalización
empotrada no menos de 50 mm de concreto o tabique
230‐7. Otros conductores en canalizaciones o cables. Los conductores que no sean los de acometida no se deben instalar en la misma canalización ni en el cable que
los de la acometida.
Excepción 1: Conductores de puesta a tierra y puentes de unión.
Excepción 2: Conductores de equipo de control de carga que tenga protección
contra sobrecorriente
230‐8. Sellado de las canalizaciones. Cuando una canalización de acometida entra desde un
sistema de distribución subterránea, se debe sellar según 300‐5. También se deben sellar las canalizaciones de reserva o
no utilizadas. Los selladores deben estar identificados para utilizarse con el
aislamiento, blindaje u otros componentes.
230‐9. Separación con puertas, ventanas y similares. Los conductores de acometida instalados
como conductores expuestos o cables multiconductores sin cubierta exterior, deben tener
una separación mínima de90 cm de las ventanas que se puedan abrir, puertas, porches, balcones, escaleras,
peldaños, salidas
de emergencia o similares.
Excepción: Se permite que los conductores que pasen por encima de la parte superior de
una ventana estén a menos de los 90 cm exigidos anteriormente.
B. Conductores de acometida aérea
230‐21. Deben considerarse acometida aérea e instalarse como tal, a los conductores aéreos hasta un inmueble o estructura (como un poste) en donde
se instala un medidor o un medio de desconexión.
230‐22. Aislamiento o cubierta. Los conductores de acometida deben
soportar normalmente la exposición a los agentes atmosféricos y a otras
condiciones de uso, sin que se produzcan fugas de corriente eléctrica
perjudiciales. ...
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