principio preventivo
El Principio de Prevención implica la utilización de mecanismos, instrumentos y políticas con el objetivo de evitar daños serios al ambiente y la salud de las personas. Este principio encuentra su sustento en la legislación ambiental dominicana en los artículos 8 y 12 de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y con anterioridad se recoge en los artículos 2, 4 y 7 de laDeclaración de Estocolmo sobre el Medio Humano y en el artículo 130 del Tratado de Maastricht.
El principio de prevención es el más importante de todos, a tal punto, aseguran algunos, que si se aplica eficientemente los demás principios no tendrían razón de ser. Su función básica es evitar y prever el daño antes de que se produzca, no necesariamente prohibiendo una actividad, sino condicionándolamediante el uso de equipos o realización de ciertas actividades de control de la contaminación y degradación, como seria la creación del talud en terreno con pendiente, instalación de plantas de tratamiento para aguas residuales, colocación de filtros electrostáticos para chimeneas, construcción de bermas para tanques de combustible, entre otras medidas.
Este principio utiliza numerososinstrumentos de gestión para concretar su función, entre los que se pueden citar: las declaratorias de impacto ambiental, los permisos y licencias ambientales, los estudios de impacto ambiental y sus planes de manejo, la auditoria ambiental, la consulta pública, y en general otros instrumentos de tipo preventivo que tienen como finalidad obtener información acerca de los impactos negativos sobre elambiente.
Entre los instrumentos de gestión establecidos por nuestra ley, se encuentran: 1) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), 2) Evaluación Ambiental Estratégica, 3) Estudio de Impacto Ambiental, 4) Informe Ambiental, 5) Licencia Ambiental, 6) Permiso Ambiental, 7) Auditorias Ambientales, y 8) Consulta Pública.
Son considerados como verdades y proposiciones, base, origen y fundamento de lasleyes.
El profesor Ramón Martín Mateo reconoce varios megaprincipios aplicables al Derecho Ambiental, a saber: Ubicuidad, Sostenibilidad, Globalidad, Subsidiaridad y Solidaridad.
Leonardo Fabio Pastorino en su libro El Daño al Ambiente, nos refiere acerca de este punto que “los autores franceses distinguen prevención y precaución de acuerdo con el conocimiento que pueda tenerse de lasconsecuencias de una acción determinada. Si se conocen estas consecuencias, se deben prevenir. Si, en cambio, no se conocen, porque en el ambiente científico existe la duda o no existen pruebas irrefutables, se deben tomar todas las precauciones necesarias. Así Marine Friant-Perrot, en su Curso de derecho agroalimentario, explica la aplicación de estos principios según el tipo de riesgo: si éste ya se haproducido, se aplica el principio de reparación o responsabilidad; si es probado, se aplica el principio de prevención; si es sospechado, se aplica el principio de precaución, y si es desconocido o se trata del llamado de riesgo del desarrollo, el principio que aplica es el de exoneración. “… en la prevención uno sabe que si realiza tal acción el daño es cierto; por eso se debe prevenir. En tantoque en la precaución las medidas son tomadas ante el desconocimiento o duda de lo que puede venir. En esta interpretación, ambos principios encuentran fundamento y son dos manifestaciones de la prudencia”. FRIANT-PERROT, Marine, Curso de derecho agroalimentario, Edición Lexis Nexis, 2005, pp. 97 y 98.
“El criterio de prevención prevalecerá sobre cualquier otro en la gestión pública y privada delmedio ambiente y los recursos naturales. No podrá alegarse la falta de una certeza científica absoluta como razón para no adoptar medidas preventivas y eficaces en todas las actividades que impacten negativamente el medio ambiente, conforme al principio de precaución”.
“La formulación de las políticas sobre los recursos naturales y el medio ambiente tendrá en cuenta el resultado del proceso de...
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