Principios y paradigmas del proceso marítimo panameño
I. PRINCIPIOS GENERALES DELPROCESO MARÍTIMO
A. Principio Dispositivo.
EL proceso marítimo al igual que los demás procesos en los que se plantea en contenciosos o disputas de interés privado o particular, inicia a petición de parte, no existe proceso marítimo que sea de iniciación oficiosa.
Pudiera mencionarse como regla de excepción, el supuesto del proceso especial de concurso de acreedores privilegiado, previsto a partirdel artículo 528 de la ley 8 de 1982, Ley de Procedimiento Marítimo Patrio, aunque desde mi particular punto de vista, este proceso jamás surgiría sin la existencia de otro previo en el cual se estuviese rematando o vendiendo judicialmente una nave.
B. Principio de la Única Instancia
El artículo 23 de la Ley de Procedimiento Marítimo señala que en los procesos marítimos serán de únicainstancia, pero que admitirán le recurso ordinario de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente, de acuerdo con lo que al efecto establece la misma ley.
Pues bien, el Tribunal de apelaciones en materia marítima lo constituye la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, tal y como lo señala el Artículo 481 del C.P.M.
Ahora, todos, sec cuestionaran por que la leyseñala que los procesos marítimos son de única instancia a la vez que se indicia que se admitirá el recurso de apelación ante un Tribunal de grado superior. En circunstancias que todos aprendimos desde las clases de procesal general, que la segunda instancia en un proceso de conocimiento se materializa con interposición de lagunas de las partes del recurso ordinario de apelación contra alguna delas resoluciones que la ley expresamente señale que admite dicho recurso.
Este enunciado de la única instancia del proceso marítimo, no es del todo cierto, toda vez que en lo sucesivo veremos que la misma ley contiene normas que expresamente hacen referencias a la segunda instancia.
Lo cierto es que en el procedimiento marítimo la apelación es de carácter restrictiva, toda ves que el tribunalque conoce la misma, por razón de lo que dispone le artículo 483, solo podrá conocer de asuntos de derecho y la misma norma indica: “Los hechos no podrán ser objeto de discusión en la segunda instancia”. Tanto es así, que el artículo 491 señala como regla general que “No procederá la práctica de pruebas en segunda instancia”.
C. Principio de Oralidad.
La Ley de Procedimiento Marítimo adoptócomo sistema de recepción de las pruebas, el sistema de la oralidad o de acto concentrado como también se le conoce en la doctrina procesal, sistema este que se contrapone al escrito y escalonado o de tracto sucesivo que adoptan los procesos en la justicia ordinaria, concretamente el proceso civil.
Este sistema de recepción oral se ha dicho que beneficia a la actividad probatoria, ya que conel se logra mayor inmediación con la prueba, debido a que le juez al presidir el acto concentrado de la audiencia percibe directa y personalmente, con todos sus sentidos, las pruebas que las partes presenten o aduzcan e incluso las que de oficio produzca, con lo cual se logra una mejor apreciación y valoración de los medios de convicción allegados al proceso.
La ley adopta este sistema al...
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