Privado

Páginas: 7 (1555 palabras) Publicado: 8 de noviembre de 2010
¿PUEDE UN JUEZ PERUANO OBVIAR EL CÓDIGO CIVIL Y APLICAR LOS USOS Y COSTUMBRES INTERNACIONALES?



Una empresa peruana suministraba textiles permanentemente a una empresa alemana, y salvo casos excepcionales, los envíos se hacían a la ciudad de Hamburgo. Las partes nunca fijaron en sus contratos una ley aplicable a su relación -aunque sí estipularon que cualquier divergencia que tuvieransería resuelta por los tribunales peruanos-, pero normalmente desarrollaban sus operaciones empleando los Incoterms y demás usos y costumbres del comercio internacional. Sucedió que la empresa peruana tenía que hacer el envío de telas de la temporada y la empresa alemana solicitó que el envío, por excepción, tuviera como destino Lisboa, Portugal. Una semana antes de la fecha de cumplimiento, seprodujo en el Perú una huelga indefinida de trabajadores portuarios que hizo prever que el envío no llegaría a tiempo. La fecha de entrega era esencial para la empresa alemana, pues de lo contrario no podría cumplir con sus propios clientes. Teniendo en cuenta los daños que le produciría el virtual incumplimiento del vendedor, la empresa alemana, amparada en una práctica común del comerciointernacional, decidió resolver anticipadamente el contrato y celebrar uno nuevo con un proveedor chino. El envío por la empresa peruana, sin embargo, ya se había realizado, pero como llegó con un día de retraso, la empresa alemana no quiso recibir el cargamento, alegando que el contrato estaba resuelto. La empresa peruana consideró que su contraparte no se había conducido con la buena fe debida, por locual procedió a interponerle una demanda de daños y perjuicios. Notificada con la demanda, la empresa alemana quiere saber con exactitud qué ley sustantiva considerará el juez como la aplicable al contrato, teniendo en cuenta que conforme a la legislación peruana, no es posible resolver anticipadamente un contrato en una situación como la planteada. Adicionalmente, la empresa alemana consulta si eneste caso el juez peruano podría considerar a los usos y costumbres internacionales como la ley aplicable a la relación contractual y considerar eficaz la resolución del contrato.

RESPUESTA

Federico G. Mesinas Montero (*)

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que en el presente caso no hay discusión sobre la competencia jurisdiccional: las partes fijaron que sus divergencias seríanconocidas por los tribunales peruanos (num. 3 artículo 2058 del Código Civil). Tampoco se trata de un supuesto de competencia negativa (artículo 2067), por lo cual claramente los jueces nacionales son los competentes.

El tema central de discusión es la legislación aplicable. Las partes no la fijaron expresamente. Evidentemente, emplear alguna terminología del comercio internacional o el hechode que normalmente las relaciones se regulen por los usos y costumbres internacionales, no supone la elección de una ley aplicable. Para esto último debe indicarse un ordenamiento o cuerpo normativo concreto que regule el total de la relación de forma supletoria a la voluntad de las partes.

¿Cómo un juez peruano define la ley aplicable en defecto de las partes? A falta de tratado, recurre a susnormas de conflicto, contenidas en el Libro X del Código Civil. El artículo 2095 dice que las obligaciones contractuales se rigen por la ley expresamente elegida por las partes y, en su defecto, por la ley del lugar de su cumplimiento. Pero cuando se trata de obligaciones (bilaterales) que deban ejecutarse en países diferentes (en este caso, las telas se entregaban en Portugal y puede asumirseque el precio se pagaba en el Perú), se aplica la norma que rige a la obligación principal del contrato (hay consenso doctrinario en que la obligación principal es aquella que caracteriza al contrato, que nunca es la obligación dineraria). En consecuencia, el juez del caso planteado en principio debería aplicar la ley del lugar de entrega de los bienes, esto es, la legislación portuguesa....
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