putos ensayos
El aborto está despenalizado desde 1.985, recogido en el artículo 417 bis del Código Penal español. Acoge el más estricto modelo de indicaciones,restringiéndolo a los clásicos supuestos terapéuticos, éticos y eugenésicos:
1. Un grave peligro para su vida o salud física o psíquica (indicación terapéutica)
2. Una violación (indicación ética)
3.La presunción fundada de graves taras físicas o psíquicas en el feto (indicación eugenésica)
Tenemos una tímida Ley que de ninguna manera ha supuesto que las mujeres pueden ejercer el Libre Derechoa decidir si continúan o no con su embarazo.
Al día de hoy, la mayoría de los abortos, el 98 %, se realizan bajo el supuesto de un grave riesgo para la salud psíquica de las mujeres, y, además, sellevan a cabo en clínicas privadas.
Esta es una Ley que no da autonomía a las mujeres, ya que la última palabra la tienen los otros: médicos, ginecólogos, psiquiatras, policías.
En nuestra opinión elcontinuar o no con un embarazo es un derecho de la mujer gestante que no debe ser obligada en ningún caso a tener un hijo que por una u otra razón no desea. Por lo tanto consideramos una opción,que es mejor prevenir utilizando los métodos anticonceptivos adecuados, pero que debe existir al alcance de la mujer que falle el método usado o en cualquier circunstancia en que el embarazo no sea deseadoA continuación os vamos a explicar los pasos para poder realizar la interrupción de un embarazo.
Existen unas clínicas en todo el territorio español que están legalmente autorizadas para realizarintervenciones de interrupción de embarazo hasta la 22 semana de gestación y son privadas; el coste de la intervención es de alrededor de 350 € en gestaciones de menos de 12 semanas.
Algunos (pocos)hospitales públicos también hacen esta intervención. Si te diriges a una de las clínicas legalmente autorizadas para esta intervención se pueden emplear distintos métodos que pasamos a detallar:...
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