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Páginas: 6 (1487 palabras) Publicado: 23 de noviembre de 2010
Clínica Alemana de Santiago S.A. c/ Inspección Comunal de Trabajo - Corte Suprema - 10-may-2007 |
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Voces: RECURSO DE PROTECCIÓN - DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES - ACTO ILEGAL Y ARBITRARIO - ESTABLECIMIENTO COMERCIAL - SUCURSAL - LIBERTAD DE TRABAJO - HOSPITALES Y SANATORIOS - EMPRESA - ORGANIZACIONES SINDICALES - SINDICATOS- CONSTITUCIÓN DEL SINDICATO - DIRECCIÓN DEL TRABAJO - COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO - FACULTADES DE FISCALIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO - ACTO ADMINISTRATIVO - IMPUGNACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO - IGUALDAD ANTE LA LEY - DISCRIMINACIÓN LABORAL - DERECHO A DESARROLLAR ACTIVIDAD ECONÓMICA LÍCITA - RECHAZO DEL RECURSO |
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Partes: Clínica Alemana de Santiago S.A. c/ InspecciónComunal de Trabajo s/ Recurso de protección |
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Tribunal: Corte Suprema |
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Fecha: 10-may-2007 |
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Cita: ROL:1564-07, MJJ9754 |
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Producto: Microjuris |
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Tribunal | Materia | Relacionados |
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Doctrina: |


1.- No existe la vulneración de las garantías constitucionales denunciada por la recurrente, pues larecurrida -Inspección Comunal del Trabajo- no ha en la caprichosa desigualdad que se le imputa -en el caso se sostiene la existencia de diferencias arbitrarias por cuanto no se ha tenido en cuenta por la recurrida que el local en el que desempeña funciones la actora tiene la calidad de "establecimiento" y por ende hace aplicable el artículo 227 inciso cuarto del Código del Trabajo que permite-desde que no se ha indicado por la actora ni aportado al proceso por ésta antecedente alguno que permita acreditar que otra empresa, de las mismas características y del mismo tipo que la suya, haya sido objeto de un tratamiento diverso del que a tal entidad se le ha otorgado. 

2.- No existen fundamentos sobre la forma en que el acto que se impugna -dictación de un certificado por medio del cual seaprobó la constitución del sindicato de trabajadores- pudo impedir o perturbar el desarrollo de la actividad económica que protege el precepto constitucional que se invoca, toda vez que el eventual ejercicio de los derechos laborales previstos a favor de los trabajadores no puede entenderse como un menoscabo en la práctica de la actividad empresarial de la entidad para quien desarrollan dichosempleados su labor. En consecuencia, la acción cautelar que se pretende no puede prosperar y debe ser desestimada. |
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Fallo: |
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Santiago, 10 de mayo de 2007.-

Vistos: 

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos primero a décimo, que se suprimen. 

Y teniendo en su lugar y, además, presente: 

1º) Que el recurso de protección degarantías constitucionales establecido en el artículo 20 de laConstitución Política de la República constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague omoleste ese ejercicio; 

2º) Que, como surge de lo transcrito, es requisito indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho de quien incurre en él-, y que provoque alguna de las situaciones que se han indicado, afectando una o más de las garantías constitucionales protegidas. Estoes, son variadas las exigencias que deben rodear la presentación de una acción de la naturaleza indicada, así como para poder acoger la misma; 

3º) Que, en la especie, se ha solicitado amparo constitucional por la presente vía por don Marcelo Magofke Garbarini, en representación de la Clínica Alemana de Santiago S.A., en contra de doña Sandra Ortiz Silva, Inspectora Comunal del Trabajo de...
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