Quimica
2.2.1 PROYECTO LEY GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
2.2.1.1 Articulo 3º
A los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
1. Accidente deTrabajo.- Todo suceso que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en la trabajadora o el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional física o psicológica, la invalidezo la muerte.
2. Actividades, procesos, operaciones o labores de alto riesgo.- Aquellas que impliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un daño a la salud de la trabajadora o eltrabajador, con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza.
3. Condiciones de trabajo.- Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación deriesgos para la seguridad y salud de las trabajadoras y los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición: Las características
generales de los locales, instalaciones, equipos,productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el lugar de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentracioneso niveles de presencia; Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el inciso anterior, que influyan en la generación de riesgos para las trabajadoras y los trabajadores; y laorganización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales.
4. Condiciones de salud.- Conjunto de variables objetivas de orden fisiológico, psicológico ysociocultural que determinan el perfil socio demográfico y de morbilidad de la población trabajadora.
5. Comité mixto de seguridad y salud en el trabajo.- Es un órgano bipartito y paritario constituido porrepresentantes de la empleadora o empleador y de las trabajadoras y/o los trabajadores, con el fin de coadyuvar en el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos ocupacionales.
6. Daños...
Regístrate para leer el documento completo.