Recaudacion tributaria
LECCIÓN RECAUDACIÓN
RECAUDACION RECAUDACION EN PERIODO VOLUNTARIO DISTINCCION PERIODO VOLUNTARIO Y EJECUTIVO RECARGOS DECLARACION EXTEMPORANEA INICIO DEL PROCEDMIENTO DE APREMIO Y RECARGOS PRESCRIPCION CADUCIDAD
RECAUDACION
Es la fase subsiguiente a la fase de determinación de la deuda tributaria,teniendo como objeto su efectiva percepción Su regulación la encontramos en el art. 160 de la LGT y en el RD 939/2005.
RECAUDACION
Definición: La recaudación tributaria se define como el ejercicio
de las funciones administrativas conducentes al cobro de las deudas tributarias Notas: 1. Es una función administrativa, es un poder-deber, es una potestad y una obligación de cumplimientoinexcusable. 2. Se desarrolla por órganos administrativos 3. Puede realizarse en dos periodos; El periodo Voluntarios y el Periodo Ejecutivo. El periodo voluntario viene fijado por las normas El periodo ejecutivo se inicia cuando no ha tenido lugar el ingreso en periodo voluntario. Se abre entonces el procedimiento administrativo de apremio.
RECAUDACION
Fin periodo voluntario
Periodovoluntario
Periodo ejecutivo
Procedimiento de apremio Providencia de apremio
RECAUDACION EN PERIODO VOLUNTARIO
El periodo voluntario viene determinado: a) Tributos autoliquidados Norma de cada tributo b) Liquidaciones Administrativas: Notificados del 1-15 hasta 20 mes posterior Notificados 16-fin mes hasta 5 del siguiente mes posterior c) Tributos de notificación colectiva operiódica, es decir a partir de censos. Del 1/09 al 20/11 d) Efectos timbrados en el momento de su uso e) Tributos aduaneros según la normativa aplicable
RECAUDACION EN PERIODO VOLUNTARIO
Principio de Identidad El ingreso consistirá siempre en una suma de dinero Principio de Integridad No se permiten ingresos parciales liberatorios, serán solo meros ingresos a cuenta. Medio de pago; en efectivo,moneda de curso legal. Autonomía de la deudas tributarias: El obligado puede imputar el pago a la que quiera, salvo cuando estemos en el fase de ejecución forzosa.
Interés de demora y Recargos del art.27-extemporaneidad
Fin periodo voluntario
Su naturaleza es indemnizatoria, trata de resarcir al acreedor y evitar el enriquecimiento injusto de quien dispone de sumas de dinero mas allá deltiempo en que debía haber cumplido la obligación.
Interés de demora Periodo voluntario
CUANDO SE PRESENTEN LAS AUTOLIQUIDACIONES Y NO SE INGRESE LOS RECARGOS SON COMPATIBLES CON LOS DE APREMIO
3 meses 5%
6 meses 10%
12 meses 15%
Sin sanción 20% Sin interés Sin sanción
SE REDUCEN EN UN 25%
Presentación extemporánea de declaraciones o autoliquidaciones, sin previo requerimientoPROCEDIMIENTO DE APREMIO Período ejecutivo
El período ejecutivo se inicia: En el caso de deudas liquidadas por la Administración tributaria, el día siguiente al del vencimiento del plazo establecido para su ingreso en periodo voluntario (art. 62 de la LGT).
En el caso de deudas a ingresar mediante autoliquidación presentada sin realizar el ingreso, al día siguiente de la finalización delplazo que establezca la normativa de cada tributo para dicho ingreso o, si éste ya hubiere concluido, el día siguiente a la presentación de la autoliquidación.
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PROCEDIMIENTO DE APREMIO
PROVIDENCIA
Notificados del 1-15 hasta 20 mes Notificados 16-fin mes hasta 5 del mes siguiente.
PROCEDIMIENTO APREMIO
Características: Es un procedimiento exclusivamente administrativo.Tiene su fundamento en el privilegio de autotutela administrativa. Es pues una función exclusiva y excluyente de la Administración. (La competencia para entender del mismo y resolver todas sus incidencias corresponde únicamente a la Administración tributaria ) Es un procedimiento ejecutivo, y no cognitivo, es decir que se dirige a hacer efectivo el crédito tributario y no determinar su...
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