Reforma Al 27 Constitucional
El artículo 27 constitucional, en donde están incluidas las garantías de la propiedad, además de consignar la propiedad originaria de la nación sobre aguas ytierras del país y de consignarse el derecho de propiedad privada, se establecen los derechos de propiedad comunal y ejidal, que son conocidos como Derecho Agrario.
Con anterioridad a la reforma de1992 al artículo 27 constitucional, las tierras ejidales que rodean a la mayor parte de las ciudades mexicanas sólo podían incorporarse al desarrollo urbano mediante el mercado ilegal de suelo. Estoera así porque la Ley Agraria que reglamenta lo relativo a la tenencia del suelo ejidal prohibía su enajenación y su conversión a usos urbanos a pesar de lo inminente de su urbanización. Lasautoridades municipales urbanas, por lo tanto, carecían de toda posibilidad de acción para procurar la incorporación ordenada del suelo ejidal al crecimiento urbano. Ello derivó en una doble ilegalidad, la dela venta del ejido y de los terrenos comunales, y la conformación de colonias populares que incumplían la normatividad exigida por las autoridades urbanas para autorizar un fraccionamiento.
Con lareforma de 1992 al artículo 27, por primera vez se permite la venta del suelo ejidal y comunal, lo cual supuestamente permitiría que paulatinamente se reemplazara su venta ilegal por su incorporaciónordenada al desarrollo urbano legal. Los resultados hasta el momento, han sido más interesantes que ello ya que, por una parte, se mantiene prácticamente sin modificaciones el acceso irregular al suelourbano de los “sectores populares” de población y por lo tanto continúa expandiéndose la urbanización ilegal ; por otra parte, se ha generado un auge del mercado inmobiliario como resultado de losnuevos mecanismos de incorporación de suelo ejidal al desarrollo urbano, en el cual participan los sectores no populares de la población. En ambos casos, resulta notoria la escasa participación de las...
Regístrate para leer el documento completo.