Registro público
La inscripción o registro de comerciantes es obligatorio para toda persona jurídica o administrativa que se dedique a ejercer el comercio.
Losregistros públicos se suelen clasificar en dos grandes grupos, o categorías, que se conocen cómo registros jurídicos y registros administrativos. Los primeros (registros jurídicos) son aquellos capacesde crear presunciones jurídicas, ya sean iuris tantum (admiten prueba en contra) o lo sean iuris et de iure (presunciones indestructibles). Los segundos (registros administrativos) únicamente ejercenfunciones divulgativas, cognoscitivas o de transparencia.
Concepto: Los Registros Públicos son Instituciones destinadas a dar fe público de actos, documentos, contratos y resoluciones de índole muydiversas, con preponderancia Administrativa y Judicial.
Puede ser:
Registro Civil.
Registro de Propiedad Inmobiliaria (Registro Subalterno).
Registro Mercantil.
Registro de Propiedad Industrial.
Así elRegistro Público es una Institución Jurídica que persigue determinados fines, es una fuente de información donde se hace constar, mediante la extensión de asientos y demás operaciones, los hechos,actos y situaciones de trascendencia jurídica, y donde se suministran medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia. Para demostrar el estado de las personas, domicilio de la propiedad ydemás derechos reales sobre los inmuebles o fincas.
En el Art. 1913 del Código Civil vigente se hace referencia a los requisitos indispensables para registrar todo Título, o sea, nombre, apellido,...
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