Reglamento de construccion, guadalupe nl
REGLAMENTO DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Es de orden público e interés social, el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este Reglamento, de sus normas técnicas complementarias y de las demás disposiciones legales reglamentarias aplicables en materia de construcción deedificaciones.
CAPÍTULO PRIMERO
DEFINICIONES
ARTÍCULO 2. El R. Ayuntamiento. Es el Republicano cuerpo colegiado deliberante y autónomo integrado por el C. Presidente (a) Municipal, Regidores y Síndicos.
ARTÍCULO 3. Inmueble: Se entiende como el terreno y las construcciones que en él se encuentran.
ARTÍCULO 4. Ley: para efectos del presente Reglamento se entenderá así a la Legislaciónvigente en materia de Desarrollo Urbano en el Estado de Nuevo León.
ARTÍCULO 5. Materiales incombustibles e inflamables: son aquellos como adobe, tabique, ladrillo, block de concreto, yeso, asbesto, concreto, vidrio y metales y todos los que reaccionen al fuego.
ARTÍCULO 6. Normas técnicas complementarias: son todas las normas relativas a la construcción, publicadas por organismos técnicosaplicables a las construcciones tales como: Norma Oficial Mexicana, ASTM, IMCYC, FOVI, así como los manuales de obras civiles de la Comisión Federal de Electricidad.
ARTÍCULO 7. Plan: al Plan vigente de Desarrollo Urbano de Guadalupe Nuevo León.
ARTÍCULO 8. Infractor: es el que comete alguna infracción o incurra en una falta al ejecutar una obra.
ARTÍCULO 9. Reincidente: es el infractorque incurra en otra falta igual a aquella por la que hubiera sido sancionado con anterioridad, durante la ejecución de la misma obra.
ARTÍCULO 10. Centro: A el Centro de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Guadalupe, Nuevo León.
ARTÍCULO 11. Vía pública: es todo espacio de utilización común, que por disposiciones de la ley, de la autoridad competente, o por razón del servicio sedestine al libre tránsito, o bien, que de hecho está ya efecto a utilización pública en forma habitual y cuya función sea la de servir de acceso a los predios y edificaciones colindantes.
CAPÍTULO SEGUNDO
ATRIBUCIONES
ARTÍCULO 12. La aplicación y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento, corresponde a las siguientes autoridades:
1.- El R. Ayuntamiento
2.- ElC. Presidente(a) Municipal
3.- El C. Director General del Centro de Desarrollo Urbano y Ecología.
4.- Al personal que habilite o designe la autoridad Municipal para integrar una Comisión.
Corresponden al R. Ayuntamiento, y al C. Presidente(a) Municipal de Guadalupe Nuevo León, a través del Centro de Desarrollo Urbano y Ecología. Las atribuciones que le confieren la Legislación en materiade Desarrollo Urbano vigente del Estado de Nuevo León, La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, las Normas Oficiales Mexicanas, la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado, la Ley del Régimen de Propiedad en Condominio; las cuales podrán ser ejercidas por los órganos de la administración pública Municipal tales como:
I. Fijar los requisitostécnicos generales a que deberán sujetarse las construcciones e instalaciones en predios y vías públicas a fin de que satisfagan las condiciones de habitabilidad, seguridad, higiene y comodidad.
II. Fijar en coordinación con el Instituto Nacional de Antropología e Historia y con la Comisión Estatal de Monumentos las restricciones a que deberán sujetarse las edificaciones y los elementostales como fuentes, esculturas, arcos, columnas, monumentos y similares que formen parte del patrimonio histórico y cultural.
III. Autorizar o negar, de acuerdo con este Reglamento el uso de una estructura, instalación, edificio o construcción;
IV. Realizar a través del proyecto a que se refiere este Reglamento, los estudios para establecer o modificar las limitaciones respecto a los...
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